Fecha de sesión
Orden
7
Dirigido a
casilla judicial
Fecha de Oficio
Número de oficio
0
el Ilustre Concejo Cantonal en sesión ordinaria celebrada el miércoles 25 de agosto de 2010, al tratar el punto 7 del orden del día, relacionado con la apelación interpuesta por la Sra. CARMEN RUD MEDINA VICUÑA, dentro del trámite de juzgamiento seguido en su contra; resolvió acoger el contenido del oficio No. 2232 de Asesoría Jurídica, el mismo que cuenta con las siguientes consideraciones:
PRIMERO.- La Comisaría Ambiental, de la Ilustre Municipalidad de Cuenca, en atención al informe técnico No. 073-PARA, de fecha 14 de julio de 2010, suscrito por la Comisión de Gestión Ambiental, emite el Decreto 002-DCA-2010, disponiendo a la señora CARMEN RUD MEDINA VICUÑA, remedie la afectación efectuada en el lecho de la quebrada de Miraflores.
SEGUNDO.- Conforme consta del informe técnico No. 073 PARA, de fecha 14 de julio de 2010, presentada a la Comisaría ambiental, presentado por parte del Arq. Patricio Rubio Auquilla, funcionario de Control Ambiental de la Comisión de Gestión Ambiental, las conclusiones del informe se expresa “En consideración a que la naciente de una quebrada y la quebrada misma constituyen un bien de uso público, cuya protección está contemplada en la Ley Orgánica de Régimen Municipal y de que el hecho ha sido objeto de intervenciones antrópicas como el taponamiento parcial de su cauce, aspecto que altera su equilibrio ecológico pudiendo provocar nuevas áreas de intervención, para su recorrido, informo a Usted para que se apliquen las medidas legales pertinentes y se ordene la restauración inmediata de su lecho. No está por demás indicar que la I. Municipalidad de cuenca no podrá ser responsable por daños a terceros ocasionados de manera directa a indirecta por las intervenciones efectuadas sin contar con las autorizaciones municipales correspondientes.
TERCERO.- Habiendo sido legalmente notificada en persona la señora Carmen Rud Medina Vicuña, en fecha 16 de julio de 2010, a las 13h15, conforme consta de la razón sentada por el Secretario de la Comisaría ambiental, con fecha 20 de julio de 2010, a las 16h40, presenta escrito manifestando en su parte pertinente que: “Por lo anteriormente expuesto y por no encontrarme conforme con el decreto de fecha 14 de julio de 2010 a las 09h20 debidamente amparada en lo dispuesto en el artículo 76 numeral 7 literal m) de la Constitución y normas pertinentes de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, interpongo el recurso de apelación para ante el superior”.
Por lo anotado consta del proceso en fojas cinco que la señora Camen Rud Medina Vicuña, fue notificada en fecha 16 de julio de 2010, con el Decreto No. 002-DCA-2010; presentado su recurso de apelación de fecha 20 de julio de 2010, esto es el cuarto día de la notificación, por lo que no se acepta el recurso de apelación interpuesto, por extemporáneo.