Fecha de sesión
Orden
3
Dirigido a
Fuera de la Municipalidad
Fecha de Oficio
Número de oficio
1979
El Ilustre Concejo Cantonal en sesión ordinaria celebrada el jueves 27 de mayo de 2010, al tratar el punto 3 del orden del día, relacionado con la terminación del Comodato suscrito a favor del CLUB SOCIAL, CULTURAL Y DEPORTIVO “A CORRER – EL MERCURIO”; resolvió acoger el contenido del oficio No. 882, de Asesoría Jurídica, el mismo que en lo principal dice:
… En la cláusula Cuarta del Contrato de Comodato se impone al comodatario la obligación de “destinar” única y exclusivamente el inmueble que se entrega para la Escuela de Atletismo y práctica deportiva en general, obligándose también a mantener las área verdes circundantes al predio entregado y en especial el área construida de la “Cruz de Yanuncay” ubicada junto al terreno.- Los costos para el mejoramiento de la edificación serán financiados con fondos del propio Club.- El mantenimiento del área verde se hará de acuerdo a las disposiciones administrativas emanadas de la Municipalidad y de cumplimiento obligatorio.
En el informe técnico suscrito por la señora Directora de Avalúos y Catastros, Arq. Silvia Ulloa y contenido en el oficio número 458 de fecha 2 de marzo de 2010, consta que el comodatario no ha prestado el servicio para el cual se prestó el inmueble, encontrándose el área en desuso.
Puede establecerse entonces que el comodatario ha incurrido en la causal de restitución de la cosa prestada o cedida en Comodato, contemplado en el numeral tercero del Artículo 2083 del Código Civil. En consecuencia procede aplicar la Cláusula Novena del Contrato de comodato, en virtud de la cual la I. Municipalidad puede terminar anticipada y unilateralmente el citado Contrato…
En razón de lo expuesto, la Corporación Edilicia da por terminado el comodato o préstamo de uso a favor del CLUB SOCIAL, CULTURAL Y DEPORTIVO “A CORRER – EL MERCURIO”.