Fecha de sesión
Orden
8
Dirigido a
Comisario de Ornato
Fecha de Oficio
Número de oficio
0
el Ilustre Concejo Cantonal en sesión ordinaria celebrada el jueves 29 de abril de 2010, al tratar el punto 8 del orden del día, y luego de conocer el escrito presentado por el Sr. MIGUEL PATRICIO VINTIMILLA COBOS, relacionado con la declaratoria de utilidad pública del predio ubicado en el sector de Zhucay; resolvió acoger el contenido del oficio No. 1091, el mismo que en lo principal dice:
1.- En el escrito inicial el señor Vintimilla Cobos, muestra su complacencia por lo resuelto por el I. Concejo y se limita a realizar comentarios legales en torno a la resolución adoptada, pero en ninguna parte de su escrito impugna la resolución, sino simplemente expresa que en el aspecto legal no comparte dicha resolución, ni solicita que la misma se la deje sin efecto o se la revoque.
2.- Aún en el supuesto que hubiese solicitado la revocatoria, el peticionario no tiene interés directo sobre el tema pues, no tiene ningún derecho real en el inmueble, consecuentemente no puede entenderse que se haya vulnerado el derecho de petición consagrado en la Constitución y menos aún que haya operado silencio administrativo para que se entienda revocada la resolución adoptada por el I. Concejo Cantonal.
3.- Al margen de lo expuesto, la petición inicial del señor Vintimilla sí fue contestada mediante oficio Número 00097 de fecha 14 de enero de 2010, dejado en la casilla judicial número 109 del Dr. Edison Idrovo C., el día 15 de enero de 2010 a las 16h30, escrito que no se sometió a conocimiento del I. Concejo Cantonal por cuanto no se trata son de un comentario, como él mismo lo califica.
Por lo expuesto, no es pertinente la petición en el sentido de que ha operado el silencio administrativo conforme él lo requiere y menos que se entienda revocada la resolución del I. Concejo, ni tampoco se haya mérito, como pretende, para que el I. concejo Cantonal, destituya a funcionarios municipales, a quienes no los identifica ni pos u nombre ni por la función que ocupan y peor se remita “piezas procesales” a la Fiscalía.