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Resoluciones


30. Conocimiento y resolución sobre la replanificación de un tramo de la vía marginal a la quebrada de MILCHICHIG y levantamiento parcial de afectación del terreno del Sr. RUBEN BERNAL. Se conocerá informe de la Comisión de Urbanismo del 10 de abril de

Fecha de sesión
Orden
30
Dirigido a
SEGEPLAN
Fecha de Oficio
Número de oficio
2605
El Ilustre Concejo Cantonal en sesión ordinaria celebrada el miércoles 30 de abril del 2008, al tratar el punto 30 del orden del día, acogiendo la recomendación de la Comisión de Urbanismo del 10 de abril del 2008, resolvió aprobar la REPLANIFICACIÓN DE UN TRAMO DE LA VIA MARGINAL A LA QUEBRADA DE MILCHICHIG Y LEVANTAMIENTO PARCIAL DE AFECTACIÓN DEL TERRENO DEL SR. RUBEN BERNAL; constante en los siguientes términos: El I. Concejo Cantonal en sesión celebrada el 7 de diciembre de 2007, resolvió autorizar la Replanificación de la Vía Marginal a la Quebrada de Milchichig, Sector de la Cdla. Calderón, brindando atención a la petición de los moradores del sector; intervención urbana que consistió en elaborar una nueva variante de la vía que se encontraba planificada disminuyendo en la medida de lo posible las afectaciones que se generan a través del desplazamiento del eje de la vía hacia la margen de protección de la quebrada, disminuyendo los cortes y rellenos que se deberían realizar en el terreno y que contó con la aceptación de prácticamente la totalidad de los moradores. La nueva reforma planteada, pretende rectificar únicamente el trazado de la parte que conecta la vía marginal con la calle denominada “De la Quebrada”, desplazándola hacia el norte sobre el lindero y terreno de propiedad del señor Rubén Bernal. Se indica que debido a la forma y configuración del predio del señor Bernal y con el afán de llegar a un acuerdo definitivo se ha observado necesario recomendar el levantamiento parcial de la restricción de uso de un área ubicada hacia la margen de la quebrada de Milchichig, determinándose desde este elemento un retiro de 15.00 mts. hacia el área susceptible de receptar construcción, de los cuales 5,00mts corresponden al retiro frontal hacia la quebrada en el cual no se permitirá ningún tipo de construcción. De igual manera se considera imprescindible que el cerramiento se realice con elementos vegetales hacia el área de la quebrada para procurar una integración y reducir los impactos visuales; en los tramos siguientes el cerramiento deberá ser transparente y permitir la visibilidad para la incorporación de los flujos hacia la calle de la Quebrada, el tipo de implantación será aislada, edificación de dos plantas como máximo, se guardará cuidado y atención con respecto al diseño de la fachada hacia la quebrada; se especifica en forma adicional a las determinantes señaladas en el informe de la SEGEPLAN que el uso a permitirse en el predio corresponderá exclusivamente a vivienda.