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Resoluciones


17. Conocimiento y resolución sobre el trámite para la replanificación de la vía a la cual se accede desde las calles LEOPOLDO DAVILA Y FRANCISCO AGUILAR Y DEFINICIÓN DE AREA VERDE. Se conocerá el acta de la Comisión de Urbanismo del 6 de noviembre del

Fecha de sesión
Orden
17
Dirigido a
DIRECTOR DE LA SEGEPLAN
Fecha de Oficio
Número de oficio
7849
El Ilustre Concejo Cantonal en sesión de fecha jueves 14 de diciembre del 2006, al tratar el punto 17 del orden del día, resolvió autorizar la replanificación de la vía a la cual accede desde las calles LEOPOLDO DAVILA Y FRANCISCO AGUILAR Y DEFINICIÓN DE AREA VERDE, acogiendo la sugerencia de la Comisión de Urbanismo de fecha lunes 6 de diciembre del presente año, que en lo principal dice: Con fecha 11 de mayo de 1999 el I. Concejo Cantonal aprueba la replanificación de la Vía comprendida entre las calles L. Dávila C. Francisco Aguilar y D. Fernández de C. actuación con la cual se da solución de acceso a predios como los de la familia Bojorque. Según la documentación presentada, el predio de propiedad de la familia Bojorque-Quito, sin el debido apego a lo establecido en las Ordenanzas Municipales, a partir del mes de marzo de 1999, ha sido objeto de sucesivas parcelaciones, nueve en total, mediante escrituras de prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio, dos de las cuales a su vez, han sido motivado de transferencia con escrituras de compra-venta. Con base a lo señalado mediante oficio 1439-SGP de fecha 10 de mayo del 2006, que emitiera esta Dependencia en respuesta a la primera solicitud efectuada por los interesados el 4 de febrero del 2006; y, en virtud de la comunicación fechada 7 de mayo del 2006 de los mismos señores, dando su aceptación para la REESTRUCTURACIÓN PARCELARIA DE LOS PREDIOS INVOLUCRADOS, la SEGEPLAN pone a consideración de la Comisión una solución que tiene por finalidades prioritarias, viabilizar la dotación de servicios de infraestructura básica y mejorar las condiciones de accesibilidad a los predios, causando las menores afecciones posibles y manteniendo las áreas comunales destinadas para equipamiento urbano, determinadas en la planificación aprobada el 11 de mayo de 1999, mismas que han sido relocalizadas en atención a un mejor ordenamiento y disposición. La propuesta vial se fundamenta en la ratificación de una vía aprobada por el I. Concejo Cantonal el 11 de mayo de 1999, con una sección de 6,00m, en una distancia de 102,00m que se intercepta, al interior de la manzana con una nueva vía de sección similar, en una longitud de 172,00m. que da frente a los lotes interiores, originados en la división por prescripciones extraordinarias adquisitivas de dominio. Las dos vías son de carácter local y se enlazan a su vez con la red vial principal, constituida por vías colectoras, las denominadas Leopoldo Dávila y Francisco Aguilar, que no se afectan ni se modifican en su funcionamiento. La sección de la vías, esto es 6,00m, se justifica en el nivel de consolidación de la manzana, condición que ha sido catalogada como determinante para su definición, sin mayores afectaciones a predios y construcciones existentes. En lo relacionado con la reserva de espacio para equipamiento comunal, la misma ha sido objeto de reubicación en atención a factores como: la existencia de una afección determinada en la planificación aprobada por el I. Concejo Cantonal el 11 de mayo de 1999, en la cual se destina 634,00 m2; la ocupación de dicha área comunal con construcciones autorizadas por la I. Municipalidad; la necesidad de un sector altamente densificado de contar con espacios verdes; y, la existencia de espacios desocupados suficientes para su traslado, con un ordenamiento mejor concebido. Complementariamente, en razón de contribuir al mejoramiento de la calidad ambiental, se deberá observar como características de ocupación de suelo, a mas de lo determinado en la Reforma, Actualización, Complementación y Codificación de la Ordenanza que Sanciona el Plan de Ordenamiento Territorial del Cantón Cuenca: Determinaciones para el Uso y Ocupación del Suelo, lo siguiente: Tipo de implantación: continua con retiro frontal de 5,00 para la Vía de sentido norte-sur, en su lateral oeste; y, continua con retiro frontal de 3,00 para la de trazado este-oeste, en su lateral sur. Altura de la edificación: dos pisos Lote mínimo: 250,00m2 Cerramiento con frente a las vías: altura máxima 1,50m., de carácter ornamental. Vale señalar que las propuestas que los interesados remiten, si bien contemplan la dotación de accesos para la totalidad de los predios, los mismos son a través de vías carentes de continuidad, entre si y hacia la red vial principal; así como con secciones reducidas, que no están en condiciones de resolver el flujo vehicular que se generará, dada la alta densidad prevista para el sector. Por otro lado las propuestas descartan la implementación de áreas para equipamiento comunal, pese al déficit de espacios de este género, en el sector.