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Resoluciones

9. Conocimiento y resolución sobre el contenido del informe suscrito por el Procurador Sindico Municipal, relacionado con la Declaratoria de Utilidad Pública por interés social, el inmueble de propiedad de los señores MAX GONZALO NIEVES PAÑI Y MARIA FERNA

Fecha de sesión
Orden
9
Dirigido a
PROCURADOR SINDICO, INTERESADO, REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD
Fecha de Oficio
Número de oficio
7305
Para los fines pertinentes comunico a usted que, el Ilustre Concejo Cantonal de Cuenca, en sesión ordinaria celebrada el miércoles 22 de noviembre del 2006, al tratar el punto 9 del orden del día, contando con todos los requisitos y documentos exigidos en la Ley Orgánica de Régimen Municipal y Art. 42 del Reglamento a la Ley de Contratación Pública, resuelve declarar de UTILIDAD PUBLICA POR INTERES SOCIAL, el inmueble de propiedad de los señores Cónyuges MAX GONZALO NIEVES PAÑI Y MARIA FERNANDA NIEVES NIEVES, perteneciente a la parroquia Bellavista, del Cantón Cuenca, provincia del Azuay, para destinarlo a la implementación de un “CENTRO DE PRODUCCION, EXPOSICION Y COMERCIALIZACION DE ARTESANIAS”. Detalle del inmueble a expropiarse: UBICACIÓN: Calle Rafael María Arízaga No. 7-95 PARROQUIA: Bellavista CLAVE CATASTRAL: 02-01-011-032 AREA DEL TERRENO: 682,40 m2 VALOR POR M2: $ 90.00 AVALUOS DE TERRENO: $ 61.416,00 AREA DE CONSTRUCCION: 355,00 m2 AVALUO DE CONSTRUCCION: $ 14.137,00 AVALUO TOTAL DE INMUEBLE: $ 75.553,20 LINDEROS DEL PREDIO: Norte: 14.50 m calle Rafael Ma. Arízaga Sur: 21.10 m predio de Rosa Orellana Este: 37.50 m predio de Serrano Hat Export Oeste: 7.20 m predio de María Herrera. Los representantes legales de la Ilustre Municipalidad de Cuenca quedan autorizados a realizar los trámites necesarios que permitan cumplir el objetivo de la resolución, esto es celebrar la escritura pública correspondiente de lograrse acuerdo con sus propietarios, o en su defecto a deducir el correspondiente juicio de expropiación ante las autoridades judiciales. Los egresos que se generen a consecuencia de la declaratoria de utilidad pública y expropiación se aplicarán a la partida presupuestaria No. 8.1.15.4.02.01 “Indemnizaciones”.