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Resoluciones

4. Conocimiento y resolución sobre el trámite de apelación interpuesta por la señora ROSA LEONOR PAUCAR ARIAS Y OTROS. Se conocerá oficio No. AJ-2955-2010 de Asesoría Jurídica.

Fecha de sesión
Orden
4
Dirigido a
Cristian Peñafiel Bermeo
COMISARIO SEGUNDO DE ORNATO
ZONA RURAL
Fecha de Oficio
Número de oficio
4116

el Ilustre Concejo Cantonal en sesión ordinaria celebrada el viernes 5 de noviembre de 2010, al tratar el punto 4 del orden del día, relacionado con el  trámite de apelación interpuesta por la señora ROSA LEONOR PAUCAR ARIAS Y OTROS; dentro del juzgamiento seguido en su contra, resolvió acoger el contenido del oficio No. AJ-2955-2010, suscrito por el Procurador Sindico Municipal; el mismo que en lo principal dice:

 

Mediante denuncia presentada por la señora Rosa Leonor Paucar Arias, designada Procuradora Común de los vecinos del sector San Jacinto de la Parroquia Ricaurte y moradores de San Miguel, relacionada con la existencia de un camino público en el sector, el mismo que ha sido cerrado por el Ingeniero Iván Neira Moscoso, con postes de madera y alambre de púas.

 

El señor Comisario de Ornato del Área Rural, Dr. Cristian Peñafiel el 3 de mayo de 2010 solicita al Director de Control Municipal remita el informe respecto al cierre del camino. Mediante oficio No. 1678 el 8 de junio de 2010 el señor Director de Control Municipal, Arq. Gabriel Bermeo Jaramillo informa que “una vez realizada la inspección y recopilada la documentación de los colindantes se informa que existe un litigio de linderos.- Que la Dirección de Control Municipal no puede intervenir ni cuestionar las licencias despachadas ya que estas son emitidas en base a las escrituras y levantamientos presentados por los propietarios y el arquitecto responsable, una vez resuelto este inconveniente se podrá continuar con los trámites pertinentes”.

 

En atención al escrito de apelación presentado con fecha 16 de junio de 2010 se solicitó informes técnicos a las direcciones de Avalúos y Catastros y Control Municipal determinándose a través del oficio No. 2922 de 13 de octubre de 2010 lo siguiente: “… Luego de la consulta realizada en la Dirección de Avalúos, Catastros y Estadísticas, que con oficio No. DACE-1968-2010 de 13 de septiembre del 2010, suscrito por la Directora Arq. Silvia Ulloa Bermeo y confirmado esto verbalmente, se pronuncia la existencia del camino público entre los predios del Ing. Iván Neira Moscoso y el señor César Fermín Gualpa Asmal, el mismo que ha sido verificado en inspección al sitio por el Arq. Juan Carlos Rodríguez, Jefe de la Unidad de Catastros y en la cartografía digital del año 1994 del sector en referencia, en el que consta el trazado del camino”.

 

Como se puede apreciar, el informe No. 2922 de fecha 13 de octubre de 2010 no es concordante con el informe técnico constante en el expediente (a fojas cinco) y en base al cual el señor Comisario emite la providencia el 14 de junio de 2010 a las 15h30 disponiendo el archivo de la denuncia; en tal razón, se declara la nulidad de la providencia y se devuelve el expediente a la Comisaría de origen para que se inicie el juzgamiento correspondiente.