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Resoluciones

4. Conocimiento y resolución sobre el escrito presentado por la Sra. ESPERANZA DEL ROCIO QUITO MEJIA. Se conocerá informe No. DACE-2333-2010.

Fecha de sesión
Orden
4
Dirigido a
ESPERANZA DEL ROCIO QUITO MEJIA
Casilla Judicial No. 399
Fecha de Oficio
Número de oficio
0

el Ilustre Concejo Cantonal en sesión ordinaria celebrada el viernes 22 de octubre de 2010, al tratar el punto 4 del orden del día, relacionado con el escrito presentado por la Sra. ESPERANZA DEL ROCIO QUITO MEJIA, resolvió acoger el contenido del oficio No. DACE-2333-2010, el mismo que en lo principal dice:

 

La señora ESPERANZA DEL ROCIO QUITO MEJIA, manifiesta en su petición ser propietaria de un predio ubicado en el sector de Narancay Bajo, con frente a la Panamericana Sur, y que, según manifiesta, se encuentra afectado en parte por la planificación vial del sector.

 

La Municipalidad en uso de sus atribuciones constantes en el Art. 264 de la Constitución de la República y, Art. 196 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal establece la planificación física y urbanística del territorio del cantón que se encuentra vigente y de la que forman parte las vías a las que se hace relación.

 

La Constitución de la República en su Art. 323 dispone que para la ejecución de planes de desarrollo social por razones de utilidad pública se podrá declarar la expropiación de bienes; La Municipalidad no niega la indemnización a la que tiene derecho el propietario por la afectación ocasionada por la planificación de vías, considerando para el correspondiente trámite, que el solicitante debe presentar la respectiva certificación del Registro de la Propiedad, y el certificado de Licencia Urbanística del predio otorgado por Control Municipal; la Dirección de Avalúos y Catastros establece mediante levantamientos de campo las áreas de la propiedad, áreas afectadas, y la valoración de las mismas se obtiene de conformidad a las disposiciones de los Art. 237, 242 y otros de la Ley Orgánica de Régimen Municipal y el plano del valor del terreno y los factores de ajuste establecidos en la  Ordenanza de aprobación del plano del valor del suelo urbano y rural y de edificaciones que regirá para el año 2010, aprobado por el I. Concejo Cantonal y publicado en el Registro oficial.

 

Por lo expuesto, no es posible atender la solicitud de indemnización presentada por la Sra. ESPERANZA DEL ROCIO QUITO MEJIA, en los términos, datos de áreas y valores que se expresan en su pedido.