Fecha de sesión
Orden
3
Dirigido a
CASILLA JUDICIAL
Fecha de Oficio
Número de oficio
0
el Ilustre Concejo Cantonal en sesión ordinaria celebrada el jueves 22 de julio de 2010, al tratar el punto 3 del orden del día, relacionado con el escrito presentado por el señor ALEJANDRO TOVIAS FAJARDO PILLCO, dentro del trámite de indemnización a su favor; resolvió acoger el contenido del oficio No. DACE-1433-2010, de Avalúos y Catastros; el mismo que en lo principal dice:
… El señor ALEJANDRO TOVIAS FAJARDO PILLCO, conforme la documentación que adjunta a su petición es propietario de un predio ubicado en el sector de la quebrada del Saldo, mediante escritura de compraventa otorgada en la Notaria Tercera del Cantón Cuenca el 3 de febrero de 1962, e inscrito con el No. 1258, el 28 de octubre de 1964, de la cabida según el título presentado de un solar y cuarto, y que se encuentra afectado en parte por la planificación de la ampliación de la vía marginal a la quebrada del Salado.
La Municipalidad en uso de sus atribuciones constantes en el Art. 264 de la Constitución de la República y, Art. 196 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal establece la planificación física y urbanística del territorio del cantón que se encuentra vigente y de la que forman parte las vías a las que se hace relación.
La Municipalidad no niega la indemnización a la que tiene derecho el propietario por la afectación ocasionada por la planificación de vías y áreas de protección de la Quebrada el Salado, considerando para el correspondiente trámite, que el solicitante debe justificar la tenencia del predio objeto del reclamo mediante los títulos que acrediten su propiedad y la respectiva certificación del Registro de la Propiedad, y que la determinación de áreas afectadas se establece mediante levantamientos de información de campo y planos realizados por la dirección de Avalúos y Catastros y la valoración de las mismas se obtiene de conformidad a las disposiciones de los Art. 237, 242 y otros de la Ley Orgánica de Régimen Municipal y el plano del valor del terreno y los factores de ajuste establecidos en la Ordenanza de aprobación del plano del valor del suelo urbano y rural que regirá para el año 2010, aprobado por el I. concejo Cantonal y publicado en el Registro oficial.
Por lo expuesto no es posible atender la solicitud de indemnización presentada por el SR. ALEJANDRO TOVIAS FJARDO PILLCO, en los términos, datos de áreas y valores que se expresan en su pedido.