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Resoluciones


16. Conocimiento y autorización para el despacho del certificado de afectación y licencia urbanística para el predio del SR. FERNANDO CARDENAS CHUM. Se conocerá el acta de la Comisión de Urbanismo del 20 de abril del 2007.

Fecha de sesión
Orden
16
Dirigido a
Director de la SEGEPLAN
Fecha de Oficio
Número de oficio
2589
El Ilustre Concejo Cantonal, en sesión ordinaria de fecha 2 de mayo del 2007, al tratar el punto 16 del orden del día, resolvió autorizar el DESPACHO DEL CERTIFICADO DE AFECTACIÓN Y LICENCIA URBANISTICA PARA EL PREDIO DEL SR. FERNANDO CARDENAS CHUM, acogiendo la sugerencia de la Comisión de Urbanismo de fecha viernes 20 de abril del presente año, que en lo principal dice: “... Como antecedentes se señala en el informe N. 193DCM de la Dirección de Control Municipal que en la copia de la licencia urbanística N. 4658 de 23 de octubre de 2006 que adjunta a la petición, se determina que el predio se origina de un fraccionamiento no autorizado por la I. Municipalidad, razón por la que no se puede dar trámite a ninguna solicitud en el predio. Se comprueba la inobservancia al artículo 11 de la Ordenanza que Sanciona el Plan de Ordenamiento Territorial de la Parroquia San Joaquín, que en su Artículo 3 indica que se prohibe el fraccionamiento del suelo para fines de lotización y urbanización, ni aún tratándose de herederos, tampoco se autorizarán planificaciones para el Régimen de Propiedad Horizontal o Condominio. Se analiza que el Sr. Fernando Cárdenas Chum, adquiere su terreno el 23 de agosto de 2006 al Ing. Raúl de Galarza Pineda y Sra. El Sr. Galarza a su vez adquieren el inmueble a la Sra. Raquel Susana Guerrero Cevallos quien es adquirido por la Sra. Raquel Susana Guerrero por donación de sus padres. Tampoco se respeta el área mínima de 2.500m2 establecida para el sector, el predio cuenta con un área de 718,00m2. No obstante se indica que las características del sector han variado sustancialmente, encontrándose inclusive varias viviendas en lotes con áreas similares al terreno adquirido por el Sr. Fernando Cárdenas Chum, por lo que el criterio de la subcomisión que revisa los trámites del Sector de San Joaquín considera que es factible autorizar para este terreno un área de construcción máxima correspondiente a un coeficiente de ocupación de suelo de 107,00m2 en planta baja, condicionado a que para la aprobación de planos se adjunte los estudios de impactos ambientales y se respeten los determinantes adicionales que se encuentran normados para el sector. Se expresa que Sindicatura ha emitido un pronunciamiento al respecto, sin embargo dados los antecedentes se considera que aplicando justicia, pese a existir la normativa para la zona, se aplique el mismo criterio utilizando para casos similares en los que se ha permitido por parte de la I. Municipalidad el emplazamiento de viviendas que se han podido observar en la zona bajo las mismas condiciones del lote de propiedad del señor Cárdenas...” Por las consideraciones expuestas se autoriza el despacho del Certificado de Afectación y Licencia Urbanística para el predio del Sr. Fernando Cárdenas Chum, en consideración a que el terreno se emplaza en una zona donde se encuentran construidas viviendas en lotes de áreas similares al terreno del solicitante; además se acogen las recomendaciones efectuadas por la Dirección de Control Municipal, esto es se autoriza un área de construcción máxima de ocupación de 107,00 m2 en planta baja (correspondiente al 15% del total del predio) y se adjunten los estudios de impactos ambientales, respetando las demás determinantes adicionales que se encuentran normadas para el sector.