Fecha de sesión
Orden
7
Dirigido a
CASILLA JUDICIAL,
Fecha de Oficio
Número de oficio
0
El Ilustre Concejo Cantonal en sesión ordinaria celebrada el miércoles 14 de marzo del 2007, al tratar el punto 7 del orden del día, relacionado con el escrito presentado por la Sra. ROSA L. PERALTA MENDEZ, relacionado con la revisión del eje de la vía J. M. Ortega; resolvió acoger el informe de Asesoría Jurídica, el mismo que en lo principal dice:
ANTECEDENTES:
Mediante comunicación remitida con trámite No. 51735 a la Secretaría General de Planificación el 23 de enero de 2007, suscrita por la Econ. Rosa Peralta Méndez y doctor Miguel A. Galarza; solicitó se disponga a quien corresponda se revea la planificación actual, revisando el eje de la vía, y se elimine la afectación de la que es objeto su inmueble ubicado en la calle José María Ortega y Aristóteles.
Atendiendo dicho pedido, con oficio Número 448 SGP de 2 de febrero de 2007, la Secretaría General de Planificación, se ratifica en la sección de la calle J. M. Ortega aprobada por el I. Concejo Cantonal en 1 de marzo de 2000.
Con solicitud dirigida a su Autoridad el 31 de enero de 2007, la señora Rosa L. Peralta y su abogado el Dr. Patricio Rodas M., manifiestan que si su propiedad se encuentra afectada totalmente (ya que habría que considerarla como una unidad habitacional) y no es posible cambiar el eje de la vía, solicita se proceda a la indemnización, entregando otro bien inmueble de igual valor y características.
Ante esta nueva petición, su Autoridad impuso se emita un nuevo informe, el mismo que es remitido con oficio No. 523 SGP de la Secretaría General de Planificación de 12 de febrero de 2007, sugiriendo ante la ratificación de la planificación, realizar el respectivo trámite de indemnización al que hay derecho.
El 26 de febrero de 2007, nuevamente ingresa a la Secretaría General de Planificación un escrito de la señora Rosa L. Peralta y doctor Vinicio Carrasco Yépez, acotando que al no encontrarse de acuerdo con la resolución administrativa expedida por el Director de Planificación mediante oficio No. 448 de 2 de febrero de 2007, que a su decir le perjudica gravemente, de conformidad al artículo 134 de la Ley de Régimen Municipal eleva su reclamación para ante el Ï. Concejo Cantonal.
INFORME:
Con oficios No. 448 SGP de 2 de febrero de 2007 y No. 523 SGP de 12 de febrero de 2007 la Secretaria General de Planificación se ratifica en la planificación aprobada por el I. Concejo Cantonal el 1 de marzo de 2000, y que se encuentra plenamente en vigencia, ratificación que se la hace en función de las siguientes consideraciones:
- El I. Concejo Cantonal el 24 de enero de 1984, aprueba la planificación donde consta la vía J. M. Ortega, con una sección transversal de 9 metros en función de la cual la señora Rosa Peralta obtiene los respectivos permisos para la construcción de un cerramiento frontal y dos cuartos a nivel de segunda planta alta, conforme consta de los certificados de afección de la propiedad No. 52883 de 15 de abril de 1992 y permiso de construcción menor No. 0990 de 19 de noviembre de 1993.
- Posteriormente el 1 de marzo de 2000, la Corporación Edilicia aprobó la replanificación del sector El Cebollar, Miraflores y Colina de Cullca, en donde entre otros aspectos se plantea el rediseño del sistema fundamental de vías del sector que propone reclasificar la vía J. M. Ortega como vía colectora, ampliar de 9 a 12 metros de sección y mejorar el diseño geométrico de la vía a fin de facilitar la circulación de buses, vehículos livianos y peatones.
- En el caso específico del tramo de la calle J. M. Ortega entre Aristóteles y calle sin nombre, en donde se emplaza el predio de propiedad de la señora Rosa Leticia Peralta Méndez, actualmente se produce un estrechamiento de la vía por el cerramiento y la edificación de su propiedad, mismo que provoca una circulación vehicular de riesgo, debido a la falta de visibilidad y el exceso de maniobras en la circulación vehicular. El cerramiento y la construcción de la propiedad de la señora Peralta es la única que al momento se encuentra fuera de línea de fábrica y corresponde a edificaciones efectuadas hace diez años atrás.
- Por sus características, la calle José María Ortega se constituye en una vía de carácter colectora que permite el ingreso hacia el sector denominado “Pampas de Cebollar”, área que se encuentra en un acelerado proceso de consolidación. Cabe señalar que la infraestructura vial se ha destinado para el servicio de transportación pública, por lo que su geometría debe permitir la facilidad de maniobra para este tipo de automotores.
- Revisada la planificación del sector, así como efectuada la inspección al sitio se observa que cualquier desplazamiento del eje de la vía, si bien permitiría disminuir el porcentaje de afectación para el predio de la Sra. Rosa Peralta Méndez, implicaría la afectación de predios en la lateral opuesta, forzando la maniobra de los vehículos y restando su visibilidad; razones por las cuales se considera que no es factible desplazar el trazado de la calle José María Ortega.
Por las consideraciones de orden técnico, la Corporación Edilicia niega la petición de la Sra. ROSA LETICIA PERALTA, esto es de que se levante la afectación con el consiguiente cambio de eje de la vía J. M. Ortega; disponiéndose conforme lo determina la Ley Orgánica de Régimen Municipal, SE PROCEDA CON LA INDEMNIZACIÓN QUE CORRESPONDA POR EL ÁREA AFECTADA PARA LA INDICADA OBRA PÚBLICA Y SE REALICE EL PAGO EN FORMA INMEDIATA.
Así mismo, si bien la afectación disminuye el área de terreno, su coeficiente de ocupación de suelo puede optimizarse al máximo por lo que se permite que, la nueva edificación que se proyecte y construya en dicho solar, pueda implantarse en línea de fábrica, esto es SIN RETIRO ALGUNO, dadas las características de las edificaciones colindantes ubicadas con frente a la calle Aristóteles.