Fecha de sesión
Orden
5
Dirigido a
CASILLA JUDICIAL
Fecha de Oficio
Número de oficio
0
El Ilustre Concejo Cantonal en sesión extraordinaria celebrada el jueves 28 de diciembre del 2006, al tratar el punto 5 del orden del día, relacionado con la apelación presentada por el Arq. VICTOR ANTONIO IDROVO ASTUDILLO, a la resolución emitida por el Señor Sindico Municipal por delegación del Señor Alcalde de fecha 4 de agosto del 2004; resolvió acoger el informe de Asesoría Jurídica, el mismo que en lo principal dice:
Resulta, por decir lo menos insólito, el escrito presentado por el Arq. Victor Antonio Idrovo Astudillo, es una copia exacta de otra petición que fuera conocida y resuelta por el I. Concejo Cantonal, al tratar el punto No. 6 de la sesión extraordinaria del 27 de octubre del 2006, y ratificada mediante resolución emitida por la misma Corporación en sesión del 16 de noviembre del 2006, con la única salvedad de que en la nueva petición, no firma como patrocinador el Dr. Patricio Cordero Ordóñez, sino únicamente el Dr. Juan Pablo Vidal.
Es difícil suponer que la descabellada situación que nos ocupa, sea el producto de una ingenuidad del peticionario; pues a todas luces; y, sin que sea necesarias mayores suspicacias, el mismo se reputa como un acto ilegal y antiético, a través del cual se estaría pretendiendo, -una vez que no han prosperado en derecho sus pretensiones– sorprender al I. Concejo Cantonal con un eventual silencio administrativo, aprovechando de manera oportunista la irregularidad que se produce en las reuniones de la Corporación Edilicia, por las fiestas de fin de año.
El Ilustre Concejo Cantonal rechaza el recurso interpuesto por improcedente, por cuanto el asunto materia del mismo, ya ha sido motivo de su análisis y resolución; disponiendo en consecuencia su archivo.
Así mismo, existiendo un acto que comporta la utilización abusiva y oportunista del derecho, por medio de prácticas antiéticas que hostigan y ponen en riesgo el cabal cumplimiento de los fines de la Administración pública, se dispone conformar un expediente en relación con el tema, y remitirlo al Tribunal de Honor del Colegio de Abogados del Azuay, a efectos de que se determine eventuales responsabilidades del abogado que suscribe esta petición y las anteriores.