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Resoluciones

25. Conocimiento y autorización para la construcción de una edificación de seis plantas en un predio ubicado con frente a la calle GILBERTO GATTO SOBRAL. Se conocerá el acta de la Comisión de Urbanismo del 2 de septiembre del 2005.

Fecha de sesión
Orden
25
Dirigido a
DIRECCION DE AVALUOS
Fecha de Oficio
Número de oficio
6322

El Ilustre Concejo Cantonal en sesión ordinaria celebrada el miércoles 5 de octubre del 2005, al tratar el punto 24 del orden del día, resolvió acoger el informe de la Comisión de Urbanismo de fecha 2 septiembre del presente año; consecuentemente se autoriza la construcción de una edificación de seis plantas en un predio ubicado con frente a la calle GILBERTO GATTO SOBRAL.

 

DATOS CONSTANTES EN EL INFORME DE CONTROL MUNICIPAL

 

El Articulo 102 de la Ordenanza, dispone: "Cuando alguna actuación urbanística no se halle regulada por las determinaciones de esta Ordenanza o en su defecto éstas sean insuficientes

para tal finalidad, dicha actuación podrá a petición de las partes interesadas ser conocido y resuelto por el Ilustre Concejo Cantonal con el voto de por lo menos las dos terceras partes de los miembros, previo informe de la Comisión de Urbanismo y la Secretaria General de Planificación".

 

El inmueble se encuentra ubicado en el sector del Planeamiento S-22 en el que permite realizar edificaciones de seis pisos, en predios con áreas de 500m2 de 18mts de frente, sin embargo se encuentra ubicado en la franja de 50mts adyacente a la margen del río Tomebamba, donde existe determinantes adicionales al predio, que por su ubicación limitan la altura de la edificación a cuatro pisos: "Los predios comprendidos total o parcialmente en las franjas de 50mts de ancho adyacente a las márgenes de protección del río existente en el sector del planeamiento, la altura máxima de la edificación será de cuatro pisos". Adicionalmente se indica "las edificaciones de cinco o seis pisos se admitirán solamente con frente a vías de anchas iguales o mayores a doce metros" y que las vías que tienen frente al lote son de una sección de 8,00m la calle Pasaje Imbabura y 7,00mts la calle Gilberto Gatto Sobral.

 

No obstante de lo descrito se procedió a efectuar una inspección al sitio y se efectuó un análisis del entorno inmediato, en el cual se encontró la existencia de una edificación construida antes de la vigencia de la Ordenanza, que cuenta con cinco pisos de altura y un piso adicional subterráneo, así como la presencia de edificaciones en el entorno, en su mayoría son de dos pisos: de igual forma se verificó que las vías que brindan acceso al predio cuentan con secciones inferiores a lo establecido en la normativa vigente, también se procedió a verificar las determinantes por encontrarse junto al eje urbano de la Av. 12 de Abril, ratificándose la altura máxima de cuatro pisos.