Simón Valdivieso
PROCURADOR SINDICO
El Ilustre Concejo Cantonal en sesión extraordinaria celebrada el jueves 9 de octubre de 2014, al tratar el punto 6 del orden del día, luego de conocer el acta de la Comisión de Urbanismo de fecha 30 de septiembre de 2014, resolvió aprobar los AJUSTES A LA REESTRUCTURACIÓN PARCELARIA DE LOS LOTES DE PROPIEDAD DE ELSA BRITO QUITO Y MARIA GUANGA ROJAS.
La Sra. Bertha Janneth Ortega Quito, actual propietaria de uno de los lotes reestructurados, solicita dar de baja la reestructuración parcelaria efectuada en su predio y en el predio de la Sra. Elsa Brito Quito, debido a la inconsistencia de áreas de los colindantes, y principalmente por los litigios de orden legal que esta actuación urbanística ha generado sobre la tenencia de las áreas reestructuradas de la Sra. Bertha Ortega actual propietaria del predio de la Sra. María Guanga Rojas.
Según el cuadro del área de la reestructuración parcelaria, el área inicial de los predios tanto de la Sra. Elsa Brito Quito como de la Sra. Bertha Ortega Quito (antes María Guanga Rojas) no han cambiado sus cabidas originales con las que se inició el trámite de reestructuración parcelaria.
La Sra. Ortega presenta en la Dirección de Control Municipal para el despacho de CA y LU el levantamiento actualizado del predio con clave catastral 09-01-048-017-000 de su propiedad con un área de 900.55 m2 y mediante Certificado de Afectación y Licencia Urbanística No. 41513 de fecha 26-09-2013, se validan estas áreas por parte de la Dirección de Avalúos y Catastros, con lo que se solicita se realicen los ajustes para la reestructuración, validando el trazado hacia la colindante norte Sra. Elsa Brito Quito y rectificando la cabida del mismo hacia el colindante Zoila Pintado Quito (Luis Arcesio Cambisaca Guerrero)
En el levantamiento con el cual se solicita el certificado de Afectación y Licencia Urbanística No. 41513 de fecha 26-09-2013, no se hace constar el camino vecinal como lindero del predio, por lo que no se debería establecer a esta área como franjas de suelo a incorporarse como venta a los lotes adyacentes, según lo que indica la reestructuración vigente hasta la fecha.
Se observa que la franja remanente 03 erróneamente establecida como tal y con un área de 67.49 m2, se incorpora como venta al predio de la Sra. María Teresa Guanga Rojas, lo que genera inconvenientes e incoherencias en el establecimiento definitivo del área.
En referencia al análisis del área que queda como remanente en el lindero sur del predio, al no existir escrituras del mismo, no se puede ni reestructurar con el lote colindante para que alcance el área mínima para el sector, como tampoco puede otorgarse en venta el predio de la Sra. Janneth Ortega, quedando establecido el mismo como remanente, el que deberá una vez obtenida las escrituras gestionarse de la forma más convenientes con el fin de subsanar dichos inconvenientes. Por lo que al momento al área de propiedad de las Sra. Zoila Quito Pintado (Luis Arcesio Cambisaca Guerrero), deberá quedar como remanente en la presente actuación urbanística.