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Resoluciones

1. Conocimiento y resolución sobre la fijación de la tarifa básica para los taxis convencionales del cantón Cuenca.

Fecha de sesión
Orden
1
Dirigido a
Dr. Alfredo Aguilar Arízaga
Fecha de Oficio
Número de oficio
2321

EL CONCEJO CANTONAL DE CUENCA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 264 numeral 6 de la Constitución ordena que: “Los gobiernos municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas, sin perjuicio de otras que determine la ley: …6) Planificar, regular y controlar el tránsito y el transporte público dentro de su territorio cantonal...”;

Que, el artículo 30.5 literal h) de la LOTTTSV reza que: “…Los Gobiernos Autónomos Descentralizados Metropolitanos y Municipales tendrán las siguientes competencias:…h) Regular la fijación de tarifas de los servicios de transporte terrestre, en sus diferentes modalidades de servicio en su jurisdicción, según los análisis técnicos de los costos reales de operación, de conformidad con las políticas establecidas por el Ministerio del Sector…”;

Que, la ORDENANZA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE TÍTULOS HABILITANTES DE TRANSPORTE TERRESTRE EN EL CANTÓN CUENCA en su disposición transitoria primera dice: PRIMERA: La EMOV EP una vez aprobada esta Ordenanza, conformará una Comisión Técnica tripartita entre autoridades, prestadores del servicio y usuarios, con tres delegados principales y suplentes de cada sector, la misma que se encargará del análisis tarifario para la prestación del servicio de taxis, previo a la implementación del taxímetro. Todas las unidades de taxi deberán cumplir con este implemento para la aprobación de la segunda revisión técnica vehicular anual del año 2013;

Que, los artículos 5 y 7 del Reglamento Interno de la Comisión Técnica Tripartita dice que la Comisión terminará sus funciones cuando el Concejo Cantonal de Cuenca, conozca el informe final de dicha Comisión;

Que, el GAD Municipal de Cuenca tiene todas las competencias en materia de tránsito, movilidad y transporte terrestre por ser considerado de categoría A, de conformidad con la disposición transitoria primera de la Resolución 006-CNC-2012 del Concejo Nacional de Competencias;

Que, el artículo 17 numeral 7 de la resolución 006-CNC-2012 del Concejo Nacional de Competencias, señala como una de las atribuciones en la rectoría de los GADS: “…Regular la fijación de tarifas de los servicios de transporte terrestre  en sus diferentes modalidades de servicio  de acuerdo a la política tarifaria nacional emitida por el Ministerio rector...”;

Que, la Agencia Nacional de Tránsito en sesión de la comisión tripartita llevada a cabo el 23 de agosto de 2013, presentó las variables y parámetros a considerar para la fijación de tarifas para el transporte terrestre tipo taxi convencional;

Que, la EMOV EP a través del portal compras públicas y siguiendo los procedimientos contemplados en la LOSNCP, el día 10 de junio de 2014 contrató a la Universidad de Cuenca, para la realización de la Consultoría bajo régimen especial para la elaboración del Estudio Técnico, Económico que determine los factores que inciden para el cálculo y fijación de la tarifa básica para los taxis convencionales que circulan en el cantón  Cuenca y establezca sus tarifas referenciales;

Que, la Universidad de Cuenca, realizó el estudio técnico económico en base a los términos de referencia aprobados por unanimidad por los miembros de la comisión tripartita y que obedece a la política metodológica proporcionada por el órgano rector en materia de tránsito, transporte y movilidad;

Que, la ANT mediante oficio No ANT-DEP-2014-0143 de fecha 8 de agosto de 2014 señaló que: “…La EMOV contrató a través del portal de compras públicas la consultoría para el estudio técnico para la determinación de los factores que inciden para el cálculo y fijación de la tarifa básica para los taxis convencionales que circulan en la ciudad de Cuenca, y sus tarifas referenciales, adjudicada el 9 de junio de 2014 a la Universidad de Cuenca,  estudio elaborado en base a las especificaciones técnicas y metódicas proporcionadas por la Agencia Nacional de Tránsito vigentes hasta esa fecha, por tanto la metodología utilizada es válida para el cálculo del estudio en mención…”

 

RESUELVE:

Fijar como tarifas del taxi convencional del cantón Cuenca aquellas determinadas por la Universidad de Cuenca mediante el estudio técnico económico especializado que utilizó la metodología de la Agencia Nacional de Tránsito.