<p>Ing. Pablo Peñafiel</p>
<p>Jorge Moreno</p>
<p>Ing. Marcelo Alarcón</p>
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El Ilustre Concejo Cantonal en sesión extraordinaria celebrada el jueves 13 de febrero de 2014, al tratar el punto 4 del orden del día, resolvió aprobar la disposición normativa que posibilita los procesos de venta a crédito de lotes, remanentes, fajas y caminos en desuso según lo previsto en el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización; quedando la misma de la siguiente manera:
EL ILUSTRE CONCEJO CANTONAL DE CUENCA
CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad de cuenca ha carecido de disposiciones normativas que orienten y posibiliten los procesos para que se proceda a vender a crédito los lotes, remanentes, fajas y caminos en desuso, según las normas del Código Orgánico de Organización territorial, Autonomía y Descentralización;
Que los remanentes constituyen excedentes de terreno no derivados de errores de medición que carecen de titular;
Que en casos como los señalados deben operarse de iguales modos en beneficio de los ciudadanos y protección de los intereses municipales; y
En uso de sus atribuciones,
RESUELVE:
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En el caso de ventas obligatorias a los colindantes de remanentes, fajas y caminos en desuso, el Concejo Cantonal autorizará la venta a crédito previo informe de la Comisión de Avalúos y Catastros.
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Que la venta a crédito de lotes se autorizará por parte del Concejo Cantonal previo informe de la Comisión de Avalúos y Catastros de manera previa a la convocatoria a la subasta.
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Las ventas de remanentes, fajas y caminos en desuso, podrán hacerse a crédito cuanto lo soliciten los obligados a las compras de remanentes, fajas y caminos en desuso.
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Las ventas a crédito serán autorizadas por el Concejo Cantonal previo informe de la Comisión de Avalúos y Catastros que de cuenta de la solicitud de los administrados, bajo las siguientes condiciones:
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El plazo no podrá ser mayor a cinco años, según lo determine el Concejo Cantonal y siempre que se pague un anticipo de por lo menos el 20%.
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El interés que se imponga será igual a la tasa activa referencia del Banco Central de la fecha en la que otorgue el crédito.
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La escritura contendrá el contrato de hipoteca, tabla de amortización y prohibición voluntaria de enajenar.El mismo que se establece para las contribuciones de mejoras de carácter general vigentes al tiempo en que se disponga la autorización.
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En el caso que ha sido motivo y ocasión de la consulta, se aplicarán estas mismas condiciones de acuerdo al avalúo vigente en el presente año, dejándose sin efecto el convenio antes logrado con la Municipalidad que no se ha ejecutado por falta de acuerdo en el pago.
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Esta resolución se aplicará de manera general en todos los casos que sean solicitados por parte de los administrados a quienes se imponga la compra de remanentes, fajas y caminos vecinales.