<p>Jorge Moreno Yanes</p>
<p><strong>PROCURADOR SINDICO,</strong></p>
el Ilustre Concejo Cantonal en sesión extraordinaria celebrada el jueves 23 de enero de 2014, al tratar el punto 7 del orden del día, resolvió aprobar la TRANSFERENCIA A FAVOR DEL GAD PARROQUIAL DE CHECA, de un inmueble adquirido con fondos de la Junta Parroquial, para equipamiento comunitario; con el fin de que se pueda realizar las inversiones y trámites correspondientes para iniciar la construcción de la casa comunal de Corpanche.
Dentro de la presente transferencia es necesario señalar lo siguiente:
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La Corporación Edilicia en sesión de fecha 20 de agosto de 2008,resolvió declarar de utilidad pública el inmueble de propiedad del Sr. Jorge Alejandro Iñamagua Iñamagua, ubicado en el sector denominado Corpanche, perteneciente a la parroquia Checa del Cantón Cuenca, para destinarlo a equipamiento comunitario de la parroquia.
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Posteriormente la Municipalidad de Cuenca, hoy Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Cuenca,adquirió el inmueble materia de la declaratoria de utilidad pública, mediante escritura pública de fecha 13 de octubre de 2008, otorgada ante la Dra. Liliana Montesinos Muñoz, Notaria Décimo Primera del cantón Cuenca, inscrita en el Registro de la Propiedad del cantón Cuenca con el número 13817, el 21 de octubre del 2008.
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El inmueble se encuentra ubicado en el sector denominado Corpanche, perteneciente a la parroquia Checa del cantón Cuenca, tiene un área de 1432,25 m2
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El inmueble tiene los siguientes linderos:
por el norte: 75.40 con terrenos de Hortencia Arias, Zoila Iñamagua, Julio Iñamagua, camino vecinal al medio;
por el sur: 36.86 m más 13.88 m más 38.55 terrenos de Desiderio Quito, herederos de María Guachichulca y Florencio Quito;
por el este: 26.11 terrenos de Eduardo Camas;
por el oeste: 11.45 con calle de acceso
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Se realizará la transferencia haciendo constar que el inmueble sea donado con una clausula modal que establezca que únicamente se destinará para este fin, y en caso de que se cambie el objeto para el cual se entrega, se procederá a la reversión del predio a dominio de la I. Municipalidad de Cuenca, con todas la mejoras realizadas en dicho inmueble, incluidas las edificaciones que realizaren.
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La base legal para poder celebrar el contrato de donación entre entidades del sector público es el Art. 58 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y el Art. 57 literal t) del COOTAD.