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Resoluciones

la REFORMA A LA RESOLUCION DEL CONCEJO CANTONAL SOBRE LOS CRITERIOS Y ORIENTACIONES PARA LA REALIZACION DE TRANSFERENCIAS DIRECTAS DE RECURSOS PUBLICOS A FAVOR DE PERSONAS NATURALES O JURIDICAS

Fecha de sesión
Orden
4
Dirigido a
Ing. Juan Pablo Salgado
Lcdo. Carlos Gomez de la Cruz,
Fecha de Oficio
Número de oficio
3164

el Ilustre Concejo Cantonal en sesión extraordinaria celebrada el miércoles 19 de septiembre de 2012, al tratar el punto 4 del orden dl día,  resolvió aprobar la REFORMA A LA RESOLUCION DEL CONCEJO CANTONAL SOBRE LOS CRITERIOS Y ORIENTACIONES PARA LA REALIZACION DE TRANSFERENCIAS DIRECTAS DE RECURSOS PUBLICOS A FAVOR DE PERSONAS NATURALES O JURIDICAS DE DERECHO PRIVADO QUE RIGEN PARA EL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPALIDAD EL CANTON CUENCA.

 

Se adjunta texto de la mencionada reforma.

EL CONCEJO CANTONAL DE CUENCA

CONSIDERANDO:

En el marco de lo dispuesto en el Art. 104 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, y Art. 1 del Decreto Ejecutivo No. 544 de fecha 11 de noviembre de 2012, dispone que las instituciones del sector público, podrán realizar transferencias directas de recursos públicos a favor de personas naturales o jurídicas de derecho privado, exclusivamente para la ejecución de programas o proyectos de inversión en beneficio directo de la colectividad.  Los Concejos Municipales, en el caso de los gobiernos autónomos descentralizados, mediante resolución, establecerán los criterios y orientaciones generales que deberán observar dichas entidades para la realización de las sindicadas transferencias.

En sesión del 23 del mes de marzo de 2012, el Concejo Cantonal de Cuenca, ha dictado la “Resolución para Expedir los Criterios y Orientaciones para la Realización de Transferencias Directas de Recurso Público a favor de Personal Naturales o Jurídicas de Derecho Privado que Rige para el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Cuenca”.

Que, el artículo 2 de la Resolución antes citada, que se relaciona con la finalidad de la intervención, reza que “La Municipalidad de cuenca, asignará los recursos únicamente a personas naturales o jurídicas de derecho privado cuyos programas y proyectos vayan en beneficio de la comunidad y justifique su intervención enmarcada en las políticas, programas y proyectos de la planificación municipal.  Los convenios se suscribirán en el marco de tales proyectos dentro del primer trimestre de cada año de ejercicio fiscal.  Los convenios que se suscriban fuera de ese tiempo serán puestos en conocimiento del Concejo Cantonal.

Que, la actual disposición del mencionado artículo 2, que se refiere al tiempo en que deben suscribirse los convenios, no hace distinción entre los convenios anuales y aquellos de menor duración, por lo que requiere ser aclarado y ampliado, de manera que permita una mejor articulación con la planificación anual y la construcción de políticas institucionales en el ámbito social y económico.

En ejercicio de sus atribuciones

EXPIDE:

La siguiente Reforma a la Resolución para Expedir los Criterios y Orientaciones para la Realización de Transferencias Directas de Recurso Público a favor de Personas Naturales o Jurídicas de Derecho Privado que Rige para el Gobierno Autónomo descentralizado Municipal del Cantón Cuenca.

PRIMERA: Se sustituye el texto del artículo 2 de la Resolución, del 23 de marzo de 2012, por el texto del siguiente:

El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Cuenca, asignará los recursos únicamente a personas naturales o jurídicas de derecho privado cuyos programas y proyectos vayan en beneficio de la comunidad y justifique su intervención enmarcada en las políticas, programas o proyectos de la planificación municipal.  Los convenios que tengan vigencia de doce meses o superior se suscribirán, dentro del primer trimestre de cada año del ejercicio fiscal, en el caso de suscribirse fuera de ese tiempo serán puestos en conocimiento del Concejo Cantonal.  Los de vigencia inferior a 12 meses, podrán suscribirse en cualquier momento del año, conforme a la necesidad de ejecución de los mismos.

La presente reforma entrará en vigencia a partir de su publicación.

Dado y firmado en la sala de sesiones del I. Concejo Cantonal del GAD Municipal del Cantón Cuenca, el 19 de septiembre de 2012.

  

Dr. Paúl Granda López                                           Dra. Lorena Cazar Almache

ALCALDE DE CUENCA                           SECRETARIA DEL CONCEJO CANTONAL