Ing. Trajano Bermeo,
GERENTE DE LA EDEC
Dr. Javier Cordero,
PROCURADOR SÍNDICO
el Ilustre Concejo Cantonal en sesión extraordinaria celebrada el jueves 20 de junio de 2012, al tratar el punto 3 del orden del día, resolvió aprobar la donación del inmueble que fuera entregado por la SENPLADES a la Municipalidad de Cuenca, ubicado en la calle Bolívar y Huayna Cápac, con el fin de viabilizar la ejecución del PROYECTO DE IMPLEMENTACION DEL CENTRO REGIONAL DE ARTESANIAS DE CUENCA”.
El inciso final del Art. 58 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, faculta la transferencia de bines entre entidades del sector público, entre otros mecanismos, por donación, conforme consta del texto que se transcribe: “Para la transferencia de dominio de bienes inmuebles entre entidades del sector público, siempre y cuando llegaren a un acuerdo sobre aquella, no se requerirá de declaratoria de utilidad pública o interés social, ni, en el caso de donación, de insinuación judicial. Se la podrá realizar por compraventa, permuta, donación, compensación de cuentas, traslado de partidas presupuestarias o de activos. En caso de que no haya acuerdo la entidad pública que expropia procederá conforme esta Ley. Para su trámite se estará a lo dispuesto en el Reglamento de esta Ley”.
Teniendo en cuenta el fin para el que fue donado el inmueble por parte de la SENPLADES, los fines de la Empresa Municipal EDEC EP; y el contenido de la norma citada, se autoriza la donación del inmueble a favor de la empresa, para que se lo destine al fin que motivo la donación y se logre el financiamiento del proyecto.
Dicha autorización se la otorga en virtud de lo dispuesto en el Art. 2 de la “Ordenanza que Regula la Celebración de Contratos, Convenios e Instrumentos que Comprometan el Patrimonio Institucional”.