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Resoluciones

3. Conocimiento y resolución del trámite de servidumbre de paso por terrenos de propiedad de los señores ROSA SANCHO y MIGUEL SANCHO, emplazados al sur de una lotización, ubicada en el sector de Misicata, con frente a la calle Carlos Arízaga Vega, junto a

Fecha de sesión
Orden
3
Dirigido a
Arquitecta
Daniela Balarezo,
DIRECTORA DE PLANIFICACION
Fecha de Oficio
Número de oficio
1280

El Ilustre Concejo Cantonal en sesión ordinaria celebrada el jueves 19 de abril de 2012, al tratar el punto 3 del orden del día, acogiendo la recomendación de la Comisión de Urbanismo del 28 de febrero de 2012, resolvió aprobar el  trámite de servidumbre de paso por terrenos de propiedad de los señores ROSA SANCHO y MIGUEL SANCHO, emplazados al sur de una lotización, ubicada en el sector de Misicata, con frente a la calle Carlos Arízaga Vega, junto a la ciudadela Eloy Alvaro.

 

En la  actualidad en esta lotización se presenta un acelerado proceso de consolidación física sin que las viviendas cuenten con alcantarillado, mismo que debió ser realizado por los promotores del fraccionamiento, y al carecer de este servicios los propietarios han recurrido a ETAPA para la ejecución de estas obras, cuyos estudios técnicos ejecutados por dicha Empresa, condicionan que la canalización debe ser realizada ocupando terrenos pertenecientes a esta “lotización”.

 

La topografía del lugar imposibilita que las redes de alcantarillado se descarguen directamente hacia la vía principal ya que la pendiente hacia la misma es contraria, haciendo obligatorio el recorrido a través de los predios por los que se realizaría la servidumbre.

 

De acuerdo con el oficio No. 1077 SOAS de ETAPA se manifiesta que frente a la calle de esta lotización se encuentran construidas “16 viviendas aproximadamente, las mismas no cuentan con un sistema de disposición de aguas servidas que cumpla especificaciones técnicas correspondientes, afectándose entre ellas por filtraciones de aguas residuales y produciéndose una contaminación alta”.  También se informa que “todos los terrenos adyacentes incluso aquellos cuyos propietarios se oponen a que se realice la obra, dando un total aproximado de 50 familias, sufren problema de humedad y contaminación, poniendo en riesgo la salud pública y la integridad de los inmuebles del sector”.

En los planos elaborados por ETAPA se determina el siguiente cuadro de áreas:

CUADRO DE AREAS

ID

AREA EN M2

PROPIETARIO

AREA DE SERVIDUMBRE

% DE AFECCION

1

236,55

Sr. Víctor Sancho

16,55 m2

7 %

2

231,29

Sra. Rosa Sancho

  4,67 m2

2%

 

De los datos del cuadro se tiene que los terrenos de los señores SR. VICTOR SANCHO y de la SRA. ROSA SANCHO, se encuentran afectadas con 16.55 m2 y 4.67 m2 que representan el 7% y el 2% respectivamente, por lo que de conformidad con el COOTAD… Artículo 488.-  Servidumbres reales.-  El municipio o distrito metropolitano podrá imponer servidumbres reales en los casos en que sea indispensable para la ejecución de obras destinadas a la prestación de un servicio público, siempre que dicha servidumbre no implique la ocupación gratuita de más del diez por ciento de la superficie del predio afectado… no les corresponde indemnización.

 

En atención a la situación crítica de insalubridad que se presenta en el sitio en razón de las fuertes lluvias que soporta la ciudad, y el riesgo que esto con lleva para la salud pública, al igual que el riesgo de que los inmuebles sufran daños por la humedad que recorre los terrenos, se considera necesaria la implementación del colector para aguas lluvias y residuales, para eliminar los focos de insalubridad que aquejan a los moradores del sector.