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Resoluciones

6.- Conocimiento y resolución sobre la “LOTIZACIÓN 265, DE PROPIEDAD DE LOS HEREDEROS DE JOSÉ ELICEO DE MARÍA FLORES FLORES, UBICADA EN LA PARROQUIA SAN SEBASTIÁN”.

Fecha de sesión
Orden
6
Dirigido a
Doctor
Fernando Andrade Romero
Procurador Síndico Municipal.
Fecha de Oficio
Número de oficio
798

Para los fines consiguientes, comunico a usted que, el Concejo Cantonal en Sesión Extraordinaria celebrada el día jueves 18 de abril de 2019, al tratar el punto 6 del Orden del Día, luego de conocer el Acta de la Comisión de Urbanismo de la sesión ordinaria celebrada el viernes 22 de marzo de 2019, resuelve: “acoger el informe de la Comisión de Urbanismo y se corrige el error de forma existente en la convocatoria de la sesión de Concejo en el punto, dando por conocida y aprobada la LOTIZACIÓN 2562, DE PROPIEDAD DE LOS HEREDEROS DE JOSÉ ELICEO DE MARÍA FLORES FLORES, UBICADA EN LA PARROQUIA SAN SEBASTIÁN, de acuerdo a la explicación técnica expuesta en la sesión por el señor Director General de Control Municipal; y con el siguiente detalle: 

Se acoge el informe de la comisión de urbanismo y se corrige el error de forma existente en la convocatoria de la sesión de Concejo en el punto aprobando la lotización 2562

Historial de trámites:

Certificado de Afectación y Licencia Urbanística: 81889 de fecha 15 de agosto de 2017.

Anteproyecto de Lotización: 1546 de fecha 27 de febrero de 2018.

Proyecto de Lotización 2562 de fecha 21 de junio de 2018

 

Datos del predio:

Clave Catastral: 0601011054000

Propietario: Herederos de Flores Flores José Eliceo de María

 

Parroquia: San Sebastián

Sector de planeamiento:

 N-4

 

Área Lote mínimo: 150 m²

Longitud frente mínimo: 8,00 m

C.O.S.: 80 %

Retiros: frontal: 5.00m y posterior: 3.00m

 

Obras de infraestructura básica.

Servicio de agua potable: SI (conforme licencia urbanística)

Servicio de alcantarillado: SI (conforme licencia urbanística)

 

La información correspondiente a la propuesta de fraccionamiento se detalla en el siguiente cuadro:

DATOS DEL TERRENO

( m² ) ÁREA

( % ) ÁREA TOTAL

Área total del terreno

4649,73

100,00%

Área de protección por márgenes

0,00

0,00%

Área de afección por vías planificadas

509,19

10,95%

Área de afección por equipamiento

0,00

0,00%

Área de restricción por limitaciones topográficas

0,00

0,00%

Área de restricción por redes alta tensión

0,00

0,00%

Área de restricción por limitaciones geológicas

0,00

0,00%

Otras áreas de restricción (protección forestal)

2496,67

53,69%

Área útil

1643,87

35,35%

 

 

 

DATOS DE LA PROPUESTA DE FRACCIONAMIENTO

( m² ) ÁREA

( % ) ÁREA TOTAL

Área de lotes

1397,29

30%

Área de parcela

2496,67

54%

Área de vías propuestas

0,00

0%

Área de afección por vías planificadas

509,19

11%

Área de contribución comunitaria ( no incluye afección al terreno )

246,58

5%

Área total propuesta

4649,73

100,00%

 

 

 

ÁREAS QUE PASAN A PODER MUNICIPAL

( m² ) ÁREA

( % ) ÁREA UTIL

Área de vías propuestas

0,00

0,00%

Área de contribución comunitaria (no incluye afección al terreno)

246,58

15,00%

Área total que pasa a poder municipal

246,58

15,00%

 

Número de lotes propuestos: 7 lotes y una parcela de uso forestal

Cabidas de los lotes desde los 108,76 m² hasta los 700,46m² y una parcela de 2496,67m².

En base al Art. 470 del COOTAD en su inciso 1, se establece lo siguiente “El Gobierno Autónomo Descentralizado municipal o metropolitano, en cualquier división o fraccionamiento de suelo rural de expansión urbana o suelo urbano, exigirá que el propietario dote a los predios resultantes de infraestructura básica y vías de acceso, los lotes que serán entregados al Gobierno Autónomo Descentralizado municipal o metropolitano. Según el caso, se aplicará el régimen de propiedad horizontal y demás normas de convivencia existentes para el efecto, que se regularán mediante este Código y las ordenanzas”, sin embargo en la propuesta adjunta no se plantean vías de acceso sino que todos los lotes dan frente a vía planificada y en base a lo que señala el Certificado de Afectación y Licencia Urbanística, el predio tiene las obras de infraestructura básica”.

Adjunto documentación completa sobre lo resuelto por el Concejo Cantonal.

Sin otro particular, suscribo.