Fernando Andrade Romero
Procurador Síndico.
Para los fines consiguientes, comunico a usted que, el Concejo Cantonal en Sesión Extraordinaria celebrada el día miércoles 16 de enero de 2019, al tratar el punto 5 del Orden del Día, luego de conocer el Acta de la Comisión de Urbanismo de la sesión ordinaria celebrada el martes 04 de diciembre de 2018, resolvió dar por conocida y aprobada la “LOTIZACIÓN DE PROPIEDAD DE LA SRA. MARÍA CARMEN MUÑOZ PÉREZ, UBICADO CON FRENTE A LA CALLE SIN NOMBRE ENTRE LA VÍA RACAR-SININCAY, CON CLAVE CATASTRAL 06-014-152-084-084-000”, de acuerdo a la explicación técnica del señor Director General de Control Municipal; y con el siguiente detalle:
Historial de trámites:
Certificado de afectación y licencia urbanística Nro. 77027 de fecha 22 de marzo de 2017.
Anteproyecto de lotización revisado con formulario Nro. 1511 de fecha 23 de noviembre de 2017.
Sector de planeamiento: Racar (sector 2)
Área Lote mínimo. 120 m2.
DATOS DEL TERRENO | ( m² ) ÁREA | ( % ) ÁREA TOTAL |
área total del terreno | 5934.30 |
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área de afección |
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Área de afección por vías planificadas | 1195.55 | 20.14% |
Área de afección por equipamiento | 0,00 | 0,00% |
área de restricciones |
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Área de protección por márgenes | 0.00 | 0,00% |
Área de restricción por limitaciones topográficas | 0,00 | 0,00% |
Área de restricción por redes alta tensión | 0,00 | 0,00% |
Área de restricción por limitaciones geológicas | 0,00 | 0,00% |
Otras áreas de restricción | 0,00 | 0,00% |
Área útil urbanizable del terreno | 4738.75 | 79.86% |
Área total del terreno | 5934.30 | 100,00% |
DATOS DE LA PROPUESTA DE FRACCIONAMIENTO | ( m² ) ÁREA | ( % ) ÁREA TOTAL |
Área de lotes | 4027.23 | 84.99% |
Área de vías propuestas |
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Área de contribución comunitaria | 711.52 | 15.01% |
Área total propuesta | 4738.75 | 100,00% |
ÁREAS QUE PASAN A PODER MUNICIPAL | ( m² ) ÁREA | ( % ) ÁREA TOTAL |
Área de vías propuestas |
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Área de contribución comunitaria | 711.52 | 15.01% |
Área total de contribución | 711.52 | 15.01% |
Número de lotes propuestas: 23 lotes.
Cabidas de los lotes 150.73 m² hasta los 369.82 m2.
La presente propuesta cumple con lo dispuesto en la reforma del Art. – 424 de la “LEY ORGANICA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL, USO Y GESTION DEL SUELO”. Artículo 4.- De las cesiones: En todo fraccionamiento, partición, o subdivisión de suelo urbano del Cantón Cuenca, Sus Cabeceras parroquiales rurales y suelo rural de expiasión urbana, las cesiones obligatorias de suelo se efectuaran bajo las siguientes condiciones.
a) Cuando la superficie a fraccionar supere los tres mil metros cuadrados, la cesión obligatoria de suelo será como mínimo el 15% del área útil urbanizable.
En el presente caso se trata se trata de un terreno con frente a vías planificadas por el I Municipio, por lo que no se exigen los estudios de infraestructura; El área útil a lotizar es de 4738.75 m2, el 15% le corresponde a una área de 711.52 m2, la misma que pasara a poder público una vez se protocolice en la notaria y se inscriba en el registro de la propiedad.
Adjunto documentación completa sobre lo resulto por el Concejo Cantonal.