Si por circunstancias de fuerza mayor el vehículo no puede acudir a realizar la segunda, tercera o cuarta revisión por estado CONDICIONAL a los Centros de Revisión Técnica Vehicular, dentro del plazo establecido dentro de los Art. 19,20, 21 de acuerdo a la Ordenanza respectiva Registro Oficial No. 413, del 8 de diciembre de 2006, puede solicitar extender este plazo con las respectivas justificaciones.
Propietarios de los vehículos que se hayan presentado al proceso de RTV obteniendo el certificado en estado CONDICIONAL o con citación en vía pública.
En los centros de RTV de Mayancela (Para vehículos pesados, particulares, servicio público y comercial) y Capulispamba (Para vehículos particulares).
Horario de atención de Lunes a Viernes 08:00-17:00, Sábados 08:00-12:00.
Contacto: Mayancela (07)289935; Capulispamba (07) 2876059.
El trámite debe ser realizado antes del vencimiento de la revisión o la citación.
FM-003