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Ordenanzas y Reglamentos

ORDENANZA QUE REFORMA LA ORDENANZA PARA LA ADMINISTRACION Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE DETENCION POR CONTRAVENCIONES DE TRANSITO Y POLICIA DE LA CIUDAD DE CUENCA

Fecha Publicación
Archivo Ordenanza

ORDENANZA QUE REFORMA LA ORDENANZA PARA LA ADMINISTRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE DETENCIÓN POR CONTRAVENCIONES DE TRÁNSITO Y POLICÍA DE LA CIUDAD DE CUENCA.

 

Art. 1.-          La Ordenanza se denominará: “ORDENANZA PARA LA ADMINISTRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE DETENCION PROVISIONAL DE LA CIUDAD DE CUENCA”.

 

Art. 2.-         El Art. 1 sustitúyase por el siguiente:

 

“La presente Ordenanza rige el funcionamiento del Centro de Detención Provisional de la ciudad de Cuenca y de similares que se crearen con el auspicio de la I. Municipalidad de Cuenca”.

 

Art. 3.-         El primer inciso del Art.  2 sustitúyase por el siguiente:

 

“El Centro de Detención Provisional de la Ciudad de Cuenca”, estará bajo la responsabilidad administrativa de la Policía Nacional; tendrá como su máxima instancia de garantía ciudadana al Concejo Cantonal de Cuenca, y como apoyo de gestión, un Comité Directivo conformado por”:

 

Art. 4.-         El número 3 del segundo inciso del Art. 2 dirá:

 

“Un representante de los Centros de Rehabilitación Social de Cuenca”.

 

Art. 5.-         El Art. 3 sustitúyase por el siguiente:

 

“Para garantizar el funcionamiento del Centro, las instituciones participantes tendrán las siguientes funciones y responsabilidades:

 

1.- La Policía Nacional ejercerá la administración del Centro de Detención  Provisional de la ciudad de Cuenca. Es de su responsabilidad la custodia y seguridad de los detenidos.

 

2.- La Municipalidad de Cuenca, con el apoyo del Comité Directivo, gestionará la obtención de recursos que permitan el adecuado funcionamiento del Centro”.

 

Art. 6.-         El Art. 4 sustitúyase por el siguiente:

 

“El Centro estará únicamente destinado a la detención provisional de las personas de acuerdo a la ley”.

 

Art. 7.-         El Art. 5 sustitúyase por el siguiente:

“En garantía de la seguridad y protección  de los detenidos, se destina espacios separados para hombres y mujeres de acuerdo a la infracción presuntamente cometida”.

 

Art. 8.-         El Art. 6 sustitúyase por el siguiente:

 

“El Comité Directivo del Centro de Detención Provisional de la Ciudad de Cuenca elaborará los reglamentos que sean necesarios para su funcionamiento”.

 

Art. 9.-         Luego del Art. 6 agréguense los siguientes artículos:

 

“Art. 7 .-       El Concejo Cantonal de Cuenca, tendrá derecho a observar y modificar las decisiones adoptadas por el Comité Directivo del Centro o por la Administración del mismo, cuando a su criterio aquellas no estuvieren dirigidas al cumplimiento de los objetivos establecidos o cuando atentaren contra el bienestar colectivo.

 

Art. 8.- La Administración del Centro propiciará apoyos y acuerdos orientados a la ampliación y mejor servicio del mismo y garantizará el respeto a los derechos humanos”.

 

Art. 10.-        A continuación del Art. 8 agréguese una Disposición Transitoria que diga:

 

“El Reglamento de Administración del Centro se elaborará en el plazo de 30 días a partir de la vigencia de esta ordenanza”.

 

Art. 11.-        Se dispone la codificación de la Ordenanza para su publicación.

 

 

Primer Debate: 05/01/99   Segundo Debate: 14/01/99