Fecha de sesión
Orden
18
Dirigido a
DIRECTOR DE LA SEGEPLAN
Fecha de Oficio
Número de oficio
4088
El Ilustre Concejo Cantonal, en sesión ordinaria celebrada el día 1 de julio de 2009, al tratar el punto 18 del orden del día, acogiendo la sugerencia de la Comisión de Urbanismo de fecha 21 de mayo de 2009, aprobó la REPLANIFICACIÓN DE LA CALLE SIN NOMBRE ENTRE LA VERBENA Y DEL APIO Y DETERMINACIÓN DE AREA DE SERVIDUMBRE DE AGUAS, constante en los siguientes términos:
ANTECEDENTES
“… El diseño del camino materia del presente informe fue originado ante los reclamos realizados por parte de los propietarios de las viviendas que se encuentran construidas con frente a la Calle de las Pencas, debido a los daños que producen a sus viviendas las aguas lluvias provenientes desde los terrenos e inmuebles que colindan con la parte posterior de sus viviendas que atenta a la estabilidad de las construcciones y sobre todo a la salud de dicho vecindario.
La Secretaría General de Planificación contando con el informe elaborado por la Dirección Técnica de ETAPA, mediante oficio de referencia 194-GG del 18 de enero, informó a la Comisión de Urbanismo y al I. Concejo Cantonal del requerimiento de dicha Empresa para contar con un camino público que empalme la Calle del Apio y la Calle S/N con el propósito de realizar por éste sendero la construcción de un colector que permita el drenaje de las aguas lluvias y servidas que se originan en este sector.
ARGUMENTOS DEL RECLAMO
Los moradores de las calles: Del Apio, Guabisay, De la Verbena y otras de la ciudadela Las Pencas manifiestan que la planificación de éste camino se ha realizado sin contar con la participación de los Moradores por lo que estiman que la presencia de esta calle “perjudicaría los intereses de la colectividad, pues estamos seguros que la paz y tranquilidad característica de esta parte de la ciudad se vería afectada seriamente, sin dejar de mencionar que la seguridad, estética y diseño del lugar también se verían gravemente comprometidos”
Por otro lado el Sr. Sebastián López propietario del lote del terreno por donde atraviesa este camino, manifiesta que el 22 de octubre del 2007 consiguió la aprobación del plano de su vivienda pero por motivos personales no pudo realizar la construcción, sin embargo en las actuales circunstancias la presencia de este camino produce que el plano quede sin efecto debido a la afectación de su terreno y al retiro frontal de 5,00 metros. Ante este perjuicio el Sr. Sebastián López solicita dejar sin efecto el tránsito libre de personas por este camino, comprometiéndose “a respetar el derecho de servidumbre para que se realicen todos los trabajos necesarios para la construcción de un sistema adecuado de desfogue de aguas lluvias”.
Considerando dichos reclamos se realizó la inspección del lugar, habiéndose comprobado que ETAPA ha procedido a realizar un colector para conducir las aguas lluvias y servidas, sujetándose lógicamente a las pendientes naturales del terreno, lo que permitiría además drenar las aguas filtrantes que atentan la estabilidad de las viviendas que se encuentran con frente a la calle de Las Pencas. Para desfogar las aguas por este colector se encuentran construidos dos pozos de conexión ubicados a un nivel más bajo del camino peatonal materia del presente reclamo, lo que significa que a través de este colector se evacuarán todas las aguas lluvias y servidas de este sector.
PROPUESTA DE REFORMA
La SEGEPLAN considerando que el colector recientemente construido soluciona los problemas de drenaje, se permite recomendar el dejar sin efecto la planificación de este camino peatonal, para lo cual se tiene que conservar el derecho de paso por lotes de terreno por donde se encuentra trazado este sendero a fin de que ETAPA de considerarlo necesario pueda construir otro receptor de aguas residuales.
La eliminación de este camino peatonal es realizado en base a las siguientes consideraciones:
En los lotes comprometidos por el trazado del camino peatonal, los propietarios pueden construir sus viviendas en las condiciones de habitabilidad demandadas por ellos, por cuanto de conservarse el camino peatonal, las normas sobre el uso y ocupación de suelo establecido para el sector, determinan que el emplazamiento de las viviendas conserven desde el camino peatonal el retiro frontal de 5,00 metros lo que reduce significativamente el área de construcción.
Atender favorablemente el reclamo que formula el vecindario por la inseguridad que representa la presencia de este camino peatonal, lo que significa que este camino no constituye una necesidad sentida por los moradores de este sector…”