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Resoluciones

19. Conocimiento y resolución sobre el contenido del oficio No. 551, suscrito por el Director de Control Municipal, relacionado con la reforma al reglamento de propiedad horizontal así como la enmienda a los datos constantes en la declaratoria de propied

Fecha de sesión
Orden
19
Dirigido a
SINDICATURA
Fecha de Oficio
Número de oficio
1181
El Ilustre Concejo Cantonal en sesión ordinaria celebrada el miércoles 18 de febrero de 2009, al tratar el punto 19 del orden del día, acogiendo la sugerencia de la Dirección de Control Municipal, constante en el oficio N. 551, autorizó la reforma al reglamento de propiedad horizontal, así como la enmienda a los datos constantes en la declaratoria de propiedad horizontal del inmueble de propiedad de la SRA. ENMA ESPERANZA QUIZHPE ALBARRACIN Y JULIO ROMEL QUIZHPE ALBARRACIN, aprobada por el I. Concejo Cantonal en sesiones realizadas el viernes 1 de agosto de 2008 y 14 de enero de 2009, la reforma consiste: Reforma Aprobada: Art. 1.- BIENES QUE CONSTITUYEN EL INMUEBLE SOMETIDO AL REGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL.- El inmueble a declararse bajo Régimen de Propiedad Horizontal es el lote de terreno signado con el número OCHO de la lotización de los señores ENMA ESPERANZA QUIZHPE ALBARRACIN Y JULIO ROMEL QUIZHPE ALBARRACIN, aprobada por el Ilustre Municipio de Cuenca, el primero de marzo del año dos mil siete protocolizado en la Notaria Décima de este Cantón, el diez de diciembre del año dos mil siete, e inscrito en el Registro de la Propiedad con el número seiscientos sesenta y tres el once de diciembre del año dos mil siete, ubicado en el sector Medio antes Parroquia Sucre, hoy parroquia el Batán, de Este en dieciséis punto treinta y seis metros con el lote NUEVE y por el Oeste en dieciocho punto veinte y cuatro metros con el lote SIETE, adquirido mediante hijuela partitoria de los bienes dejados por su fallecida madre señora Zoila Sara Albarracín Narváez; inscrita en el Registro de la Propiedad (uno) con el número cinco mil noventa y seis, el 11 de junio de mil novecientos noventa y ocho; y, por escritura en la Notaria Décima Segunda con fecha veinte y nueve de mayo del año dos mil tres e inscrita en el Registro de Propiedad (uno) con el número cinco mil novecientos noventa, el treinta de julio del año dos mil tres, con clave catastral numero 15-02-027-048-000. En lo que corresponde a las áreas, el I. Concejo Cantonal, aprobó las siguientes áreas: Área del Predio: 323,75m2 Área de Construcción: 253,00 m2 Área a Declararse Propiedad Horizontal: 449,55m2 Siendo las siguientes áreas las correctas: Área del Predio: 191,06m2 Área de Construcción: 325,00 m2 Área a Declararse Propiedad Horizontal: 401,06m2