Fecha de sesión
Orden
10
Dirigido a
DIRECTOR DE LA SEGEPLAN
Fecha de Oficio
Número de oficio
99
El Ilustre Concejo Cantonal, en sesión extraordinaria celebrada el día martes 6 de enero de 2009, al tratar el punto 10 del orden del día, relacionado con la petición efectuada por el Arq. PABLO VINTIMILLA, dentro del trámite de regularización del cambio de altura para el edificio denominado conjunto habitacional Palermo, resolvió acoger el acta de la Comisión de Urbanismo de fecha 9 de diciembre de 2008, constante en los siguientes términos:
La Comisión de Urbanismo en sesión efectuada el día jueves 4 de Diciembre de 2008, conoció el oficio presentado por el Arq. Vintimilla, quien solicita una inspección a fin de que la Comisión se sirva recomendar la regularización del incremento de altura para el edificio denominado Conjunto Habitacional Palermo, el mismo que se encuentra emplazado con frente a la Av. Ordóñez Laso, en el sector de los Edificios Hotel Oro Verde y Pinar del Lago, acordándose en dicha sesión la realización de una inspección, diligencia que se realizo el día martes 9 de diciembre de 2008.
Como antecedente se debe indicar, que el Ilustre Concejo Cantonal, en sesión celebrada el 1 de septiembre del 2004, al tratar el punto 13 del orden del día, relacionado con el cambio de altura de la edificación de propiedad del SR. LUIS ASTUDILLO, acogiendo la recomendación de la Comisión de Urbanismo, resuelve aprobar dicho cambio de altura, tomando en cuenta que, si bien de acuerdo a la ordenanza vigente el predio en mención forma parte del eje urbano de la Av. Ordóñez Lasso, en el que se establece la altura máxima de 12 pisos, para un tamaño de lote mínimo de 1.200 m2, frente de 30 m2, COS 70% y retiros frontal, lateral y posterior de 8 metros; si es factible autorizar la altura de 17 pisos para un lote de 3.822 m2, un COS de 29% y retiro frontal 24 metros; sabiendo, además, que en las manzanas contiguas al predio, se han realizado intervenciones en altura como La Laguna (15 pisos) edificio Santa Fe (17 pisos).
En la inspección se pudo determinar que el edificio denominado Conjunto Habitacional Palermo, ha incrementado la construcción del piso numero 18 en un área menor que el piso anterior, en el área de construcción de este piso no se generan unidades de departamentos independientes ya forman parte de los departamentos tipo duplex que se desarrollan entre el piso número 17 y 18, adicionalmente en este espacio se incluyen la caja de ascensores, caja de gradas y cuarto de máquinas para un sistema centralizado de agua caliente como parte del equipamiento del edificio; por la volumetría la última planta no tiene cubierta inclinadas.
La Corporación Edilicia, resolvió aprobar el cambio de altura y el porcentaje adicional de construcción solicitado por parte del Arq. Pablo Vintimilla, toda vez que debido al empleo de departamentos tipo duplex, no se ha violentado la resolución emitida por parte del I. Concejo Cantonal con fecha 1 de septiembre de 2008, ya que los mismos no pueden ser considerados como departamentos independientes ya que forman una sola unidad de vivienda, adicionalmente las áreas destinadas a cajas de escaleras, ascensores y al cuarto de máquinas, no son espacios habitables, sirviendo para mejorar las condiciones de Habitabilidad del conjunto de departamentos del mencionado edificio y que si es factible un incremento de altura acogiéndose a la Ordenanza en su capítulo cuarto referente a las características de ocupación del suelo en la ciudad, en el Art. 34 en el que se indica, que en las edificaciones y para el uso vivienda, se permitirá la construcción de las denominadas buhardillas aprovechando el espacio disponible entre cubiertas inclinadas y el cielo raso del último piso. Tales buhardillas no tendrán una superficie mayor al 50% del área construida correspondiente al último piso. Tampoco se permitirá más de un piso dentro de la buhardilla y la altura máxima del cumbrero será de 5 metros a partir del nivel del alero. Este último piso no tiene las características de Buhardillas por mantener una coherencia volumétrica del diseño arquitectónico.