Fecha de sesión
Orden
9
Dirigido a
SINDICATURA
Fecha de Oficio
Número de oficio
8142
El Ilustre Concejo Cantonal en sesión extraordinaria de fecha 23 de diciembre del 2008, al tratar el punto 9 del orden del día, relacionado con la apelación interpuesta por el señor QUINTIN ALFONSO PAIDA VERDUGO, acogió el informe de Asesoría Jurídica No. 3257, de fecha 15 de diciembre del 2008, constante en los siguientes términos.
El señor Comisario, en ejercicio de su competencia y en uso de las atribuciones que le confiere la Ley, ha dispuesto que el señor QUINTIN ALFONSO PAIDA VERDUGO proceda en el término de cuarenta y ocho horas, al retiro de los materiales que se encuentran sobre un camino vecinal obstaculizando el libre tránsito peatonal de las personas que viven al interior y que utilizan. Según los informes se indica claramente la existencia del camino vecinal fuera del área del remanente por lo que debe restituirse el camino vecinal a fin de permitir el paso hacia las propiedades interiores emplazadas a lo largo de dicho camino en referencia, ubicado sobre la calle Hernán Malo, obstaculizando el espacio de uso público (camino vecinal) el que deberá quedar expedito al libre tránsito de las personas que lo utilizan, debiendo retirar los materiales y lo que contiene en el área afectada, ya que se encuentra realizado un cerramiento sobre dicho camino de uso público.
De las constancias procesales se evidencia que el accionado, ha procedido a edificar sobre un espacio destinado a camino, en cuyo caso, de conformidad con lo establecido en el literal a) del Art. 252, literal h) del Art. 146 y literal g) del Art. 147 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, en relación con el Art. 44 literales a y c) y Art. 45 inciso segundo, de la Ordenanza de Control para las Zonas: Urbana, de Expansión Urbana y Rural del Cantón Cuenca, el señor Comisario, sin necesidad de juzgamiento, procederá (como en efecto lo ha hecho), a ordenar la restitución de tal bien al uso público.
El accionado en su escrito de apelación afirma que no se encuentra conforme con la resolución; lo cual bajo ningún concepto puede ser tenido como un argumento válido para haber edificado sobre espacios públicos.
Por las consideraciones expuestas, se resuelve ratificar la resolución emitida por el Señor Comisario de Ornato; esto es, se ordene que el infractor señor Quintín Alfonso Paida Verdugo, proceda en el término de ochos días, al retiro de los materiales que se encuentran sobre un camino vecinal obstaculizando el libre tránsito peatonal de las personas que viven al interior y que lo utilizan; ubicado sobre la calle Hernán Malo entre Autopista Cuenca Azogues; debiendo retirar los materiales y lo que contiene en el área afectada, ya que se encuentra realizado un cerramiento sobre dicho camino de uso público. En caso de no darse cumplimiento a lo resuelto, la ejecución se llevará a efecto a través de una cuadrilla de Obras Públicas Municipales y los costos serán cubiertos por el contraventor con más el 30% de recargo conforme a Ley.