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Resoluciones


7. Conocimiento y resolución sobre la petición presentada por la Sra. SUSANA DURAN GONZALEZ, Representante de Balnearios Durán S. A., quienes solicitan se disponga la revisión de las actuaciones urbanísticas y el trazado vial con las que afecta al compl

Fecha de sesión
Orden
7
Dirigido a
CASILLA JUDICIAL
Fecha de Oficio
Número de oficio
0
el Ilustre Concejo Cantonal en sesión extraordinaria celebrada el jueves 18 de septiembre del 2008, al tratar el punto 7 del orden del día, relacionado con la petición presentada por la Sra. SUSANA DURAN GONZALEZ, Representante de Balnearios Durán S. A., quien solicita se disponga la revisión de las actuaciones urbanísticas y el trazado vial con las que afecta al complejo turístico; resolvió acoger el contenido del oficio conjunto suscrito por el Director de la SEGEPLAN y Asesoría Jurídica No. 2441, el mismo que en su parte principal dice: La I. Municipalidad de Cuenca, considerando que la Parroquia Baños es uno de los territorios del cantón que en los últimos años ha experimentado un acelerado proceso de consolidación, observó como prioridad la necesidad de establecer mecanismos que permitan el crecimiento adecuado, a través de regulaciones que contribuyan al mejor ordenamiento y desarrollo, así como a su control urbanístico. Si bien la I. Municipalidad contó con un Plan de Ordenamiento Territorial, aprobado por el I. Concejo Cantonal en el año 1991, donde consta la vía objeto del reclamo presentado, fue preciso actualizar sus contenidos y visiones en correspondencia a las aspiraciones de la comunidad, representada por diversas instancias bajo el liderazgo del gobierno local instituido en la Junta Parroquial. El Ilustre Concejo Cantonal en sesión ordinaria celebrada el miércoles 05 de febrero de 2003, al tratar el punto 4.1 del orden del día, en consideración a la petición formulada por el Gerente de Balnearios Durán, de que se revoque la afectación del área comunal y de la calle pública, establecida por el Plan de Ordenamiento Territorial de Baños, resolvió recomendar que, “en el Plan de Ordenamiento Territorial de la Cabecera cantonal de Baños, que está formulándose actualmente, se respete la infraestructura existente en los referidos “Balnearios Durán”. Sobre la base de lo acotado, y en virtud a que el proceso de planificación no pudo concretarse en el año 2003, la I. Municipalidad procedió a suscribir el 22 de marzo de 2006 un contrato de consultoría para la elaboración del Plan de Ordenamiento Territorial del Área Urbano Parroquial de Baños, cuyos estudios definitivos, luego del correspondiente proceso de socialización ante la comunidad; y efectuados los ajustes requeridos por la Comisión de Urbanismo, fueron aprobados por el I. Concejo Cantonal el 14 y 23 de enero de 2008. El plan en mención, entre otros aspectos busca solución a los problemas de conectividad y vínculo entre los diferentes sectores del Área Urbano Parroquial, y de ésta con los destinos emplazados en su entorno exterior, a través de la implantación de varias vías y de la ratificación de otras ya contempladas en el anterior plan. La vía objeto de la petición, ha sido aprobada con una sección de 7,00 mts, la misma que no establece afectaciones sobre edificaciones existentes, en razón que su trazado es el mismo que se contempló en el Plan de Ordenamiento que estuvo vigente, trayectoria que se justifica en el hecho de constituirse en el vínculo entre la Av. Ricardo Durán (vía principal a Baños) y el sector de Narancay, así como permite la conexión entre la zona de equipamientos turísticos y la que emplaza los establecimientos educacionales y de recreación. El proceso de formulación del Plan de Ordenamiento Territorial del Área Urbano Parroquial de Baños, ha contado con la permanente participación del Gobierno Parroquial, organismo que ha puesto énfasis en aspectos como el estricto respeto a las márgenes de protección de las quebradas existentes, factor que ha sido determinante para la solución de la red vial que fuera aprobada por la I. Municipalidad de Cuenca. Adicionalmente debe recalcarse que la vía, cumplirá la función social, colectiva de enlace para sectores denominados como “Los Hervideros, Guadalupano Bajo y Narancay”, constituyéndose por su sección en una vía que brinda un servicio sectorial que bien puede ser tratado con condiciones acordes que faciliten las actividades propias de la Hostería Durán, a la vez que permitan continuar con el servicio que ha venido brindando a la comunidad, especialmente para la accesibilidad hacia los equipamientos educativos y recreacionales, convirtiéndola en un nexo con el área conocida como “La Parada”, lugar en el que además se da inicio a una propuesta de integración al Proyecto de Regeneración de la calle Central. Cabe indicar que mediante oficio No. JPB043-08 de 11 de marzo de 2008, se ha procedido a informar a esta Secretaría por parte de la Junta Parroquial de Baños, que en sesión ordinaria del 06 de marzo de 2008, dicho organismo con relación a la vía propuesta en los terrenos de la Hostería Durán, resolvió entre otros aspectos “respaldar la propuesta de dicha vía, realizada por el consultor y que fue conocida, aprobada y ratificada por la comunidad y la Junta Parroquial en los talleres de socialización”, trabajos que fueron desarrollados el 11 y 18 de octubre de 2007 respectivamente. Por las consideraciones anotadas y en virtud a que la vía aprobada por la Corporación Edilicia cumplirá un servicio en beneficio de la comunidad, mejorando las características de accesibilidad y funcionalidad del sector y del asentamiento urbano en general, con fundamento en lo que determinan los artículos 1, 11, 14, 16, 63, 196 199, 200, 205, 212 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, el Ilustre Concejo Cantonal ratifica la planificación de la vía propuesta, sin perjuicio que para la ejecución de dicha infraestructura, se efectúe el estudio de detalle correspondiente que partiendo de un tratamiento que articule el rol turístico del sector, defina el tipo de materiales, nexos funcionales (pasos peatonales) entre otros factores que a la vez que posibilite su funcionalidad sectorial, incluyan elementos que permitan el desarrollo de las actividades de la hostería Durán. Consecuentemente con fundamento en lo expuesto y en las normas citadas, se niega la petición efectuada por la señora Susana Durán González y doctores Patricio Cordero Ordóñez, Tarquino Orellana Serrano y Juan Pablo Vidal.