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Resoluciones


13. Conocimiento y resolución sobre la apelación interpuesta por el Sr. ROBERTO HOUSER ROCA, dentro del trámite de juzgamiento seguido en su contra. Se conocerá informe de Asesoría Jurídica.

Fecha de sesión
Orden
13
Dirigido a
COMISARIO DE ORNATO
Fecha de Oficio
Número de oficio
5666
el Ilustre Concejo Cantonal, en sesión extraordinaria de fecha jueves 11 de septiembre de 2008, al tratar el punto 13 de orden del día, relacionado con la apelación interpuesta por el Sr. ROBERTO HOUSER ROCA, dentro del trámite de juzgamiento seguido en su contra, acogió el informe N°. 2311, de fecha 2 de septiembre de 2008, suscrito por el Señor Procurador Síndico Municipal, constante en los siguientes términos: PRIMERO.- El trámite es válido pues no se ha omitido solemnidad sustancial alguna. SEGUNDA.- El informe presentado por los técnicos de la Dirección de Control Municipal (fs. 1 de autos), pone en conocimiento del señor Comisario que la edificación realizada transgrede el ordenamiento jurídico vigente pues no cuenta con permiso de construcción ni plano aprobados, encontrándose en consecuencia afectada. TERCERA.- Habiendo sido legalmente citado el señor Roberto Houser Roca, ha comparecido a la audiencia respectiva, manifestando a través de su abogado que: “Que en el período de prueba correspondiente presentaré los siguientes documentos emitidos por la Municipalidad de Cuenca, formulario de aprobación de planos, formulario de aprobación de anteproyecto arquitectónico, certificado de afectación y licencia urbanística formulario de licencia de emplazamiento aprobado y finalmente el nombramiento del Sr. Houser como Gerente General y Representante Legal de Morohouser S.A…” CUARTO.- Abierta la causa el accionado ha solicitado se agreguen al proceso los siguientes documentos: formulario de aprobación de planos, formulario de aprobación de anteproyecto arquitectónico, certificado de afectación y licencia urbanística y formulario de licencia de emplazamiento aprobado. Documentos que es menester indicar de ninguna manera constituyen planos aprobados ni permisos de construcción, sino únicamente documentos previos que forman parte del trámite conducente a la obtención de los mismos, sin que en consecuencia se hayan desvirtuado las causas del presente juzgamiento. Por la consideraciones expuestas, en atención al contenido del informe técnicos, y habiéndose comprobado la contravención a las disposiciones constantes del Art. 6 y 10 de la Ordenanza de Control Para las Zonas: Urbana, de Expansión Urbana y Rural del Cantón Cuenca; y el Art. 146 literal l) de la Ley Orgánica de Régimen Municipal; resuelve ratificar la resolución emitida por el Señor Comisario de Ornato en cuento, declarando con lugar el juzgamiento en contra del Señor Roberto Houser Roca, por la comisión de la infracción en referencia, debiendo al efecto, contando con el ejecutorial correspondiente, oficiarse para que se elabore la carta de pago correspondiente. Además el infractor deberá proceder a la obtención de los permisos de construcción y aprobación de planos correspondientes en un término perentorio de cuarenta días, bajo prevenciones de ley.