Fecha de sesión
Orden
7
Dirigido a
COMISARIO DE ORNATO Y CONSTRUCCIONES
Fecha de Oficio
Número de oficio
4728
El Ilustre Concejo Cantonal en sesión extraordinaria celebrada el viernes 1 de agosto del 2008, al tratar el punto 7 del orden del día, relacionado con la apelación interpuesta por la Sra. RUTH ANABELL MAINATO QUICHIMBO, dentro del trámite de juzgamiento seguido en su contra; resolvió acoger el contenido del oficio No. 1943, suscrito por el Procurador Sindico Municipal, el mismo que cuenta con las siguientes consideraciones:
PRIMERO.- El trámite es válido pues no se ha omitido solemnidad sustancial alguna.
SEGUNDO.- El informe técnico presentado por los funcionarios de la Dirección de Control Urbano (fs. 3 de autos), pone de manifiesto que la edificación realizada transgrede el ordenamiento jurídico vigente pues no cuenta con permiso de construcción ni planos aprobados, encontrándose afectada en su totalidad.
TERCERO.- Habiendo sido legalmente citada a la señora Ruth Anabell Mainato Quichimbo, ha comparecido a la audiencia respectiva, manifestando que: “Que si se respeta el retiro frontal y que sea de uso forestal eso no he sabido y que el papá sabe del permiso…”
CUARTO.- abierta la causa el actor ha reproducido a su favor el que le fuere favorable de autos y ha impugnado lo adverso a sus intereses; además a solicitado la práctica de una inspección al predio materia del juzgamiento, en cuya acta (fs. 16 de autos) el señor Comisario ha sentado las siguientes apreciaciones: “Que se ha iniciado la construcción de una vivienda, la misma que se encuentra fundidas las columnas y paredes laterales de ladrillo y al momento de la inspección se encuentra suspendida a nivel de segunda planta alta …”
Por las consideraciones expuestas, en atención al contenido del informe técnico y habiéndose contravenido las disposiciones constantes del Art. 6 y 10 de la Ordenanza de Control para las Zonas: Urbana, de Expansión Urbana y Rural del Cantón Cuenca; y el Art. 146 literal l) y 219 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal; se ratifica la resolución emitida por el señor Comisario de Ornato, declarando con lugar el juzgamiento en contra de la señora Ruth Anabell Mainato Quichimbo, por la comisión de la infracción en referencia, debiendo al efecto, contando con el ejecutorial correspondiente, oficiarse para que se elabore la carta de pago correspondiente. Además el infractor deberá proceder a la demolición de lo edificado en el término de sesenta días, vencido el cual, se procederá conforme a Ley.