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Resoluciones

13 Declaratoria de utilidad pública con fines expropiatorias del inmueble de propiedad de los cónyuges señores Tarquino Padilla Vasquez y Carmen Padilla Hernandez, será destinado para equipamiento comunitario en el sector El Tablón de la Parroquia Ricau

Fecha de sesión
Orden
13
Dirigido a
Procurador Sindico
Fecha de Oficio
Número de oficio
4344
Para los fines pertinentes comunico a usted que, el Ilustre Concejo Cantonal de Cuenca, en sesión extraordinaria celebrada el martes 15 de julio del 2008, al tratar el punto 13 del orden del día, contando con todos los requisitos y documentos exigidos en la Codificación de la Ley Orgánica de Régimen Municipal y Art. 42 del Reglamento Sustitutivo del Reglamento General de la Ley de Contratación Pública, resuelve declara de UTILIDAD PUBLICA, con fines expropiatorios el inmueble de propiedad de los cónyuges señores TARQUINO PADILLA VASQUEZ Y CARMEN PADILLA HERNANDEZ, ubicado en la calle 25 de Marzo, perteneciente a la parroquia Ricaurte del Cantón Cuenca, provincia del Azuay y cuya identificación es la siguiente: UBICACIÓN: calle 25 de Marzo PARROQUIA: Ricaurte AREA DEL TERRENO: 2.420,90 m2 AVALUO DEL TERRENO m2: US $ 30,00 USD FACTOR DE AJUSTE: 1,15 (acceso calzada) AVALUO TOTAL DEL TERRENO: US $ 83.484,74 USD AREA DE LA CONSTRUCCION AFECTADA: 16.00 m2 AVALUO DEL TERRENO m2: US $ 30.00 USD FACTOR DE AJUSTE: 0.75 AVALUO CONSTRUCCION AFECTADA: US $ 864.00 USD AVALUO TOTAL DEL TERRENO Y CONSTRUCCION: 84.348,74 Los linderos generales actuales del relacionado predio son: POR EL NORTE: 90.70 m con inmueble de propiedad del Sr. Gonzalo Delgado. POR EL SUR: 90.30 m con inmueble de propiedad el Sr. Guillermo Barbecho. POR EL ESTE: 27.00 m con calle 25 de Marzo POR EL OESTE: 27.00 m con inmueble de propiedad del Sr. Guillermo Barbecho Los representantes legales de la Ilustre Municipalidad de Cuenca quedan autorizados a realizar los trámites necesario que permitan cumplir el objetivo de la resolución, esto es celebrar la escritura pública correspondiente de lograrse acuerdo con sus propietarios, o en su defecto a deducir el correspondiente juicio de expropiación ante las autoridades judiciales.