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Resoluciones

6. Conocimiento y resolución sobre el contenido del oficio No. 1242, suscrito por el Procurador Sindico Municipal, relacionado con la declaratoria de Utilidad Pública por interés social del inmueble de propiedad de los cónyuges señor CESAR BENIGNO MERCHAN

Fecha de sesión
Orden
6
Dirigido a
CASILLA JUDICIAL, REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD,
Fecha de Oficio
Número de oficio
0
el Ilustre Concejo Cantonal en sesión extraordinaria celebrada el jueves 29 de mayo del 2008, al tratar el punto 6 del orden del día, contando con todos los requisitos y documentos exigidos en la Codificación de la Ley Orgánica de Régimen Municipal y Art. 42 del Reglamento a la Ley de Contratación Pública, resuelve declarar de UTILIDAD PUBLICA POR INTERES SOCIAL, con ocupación inmediata, el inmueble de propiedad del señor CESAR BENIGNO MERCHAN MERCHAN y su cónyuge MARTHA LUCRECIA LEON DELGADO, perteneciente a la parroquia Gil Ramírez Dávalos, del Cantón Cuenca, provincia del Azuay, que será destinado para ubicar en él a parte de los comerciantes que en la actualidad ocupan la Plaza de “San Francisco” y sus alrededores. Detalle del inmueble a expropiarse: UBICACIÓN: Calle Presidente Córdova y General Torres PARROQUIA: Gil Ramírez Dávalos CLAVE CATASTRAL: 01-02-049-003 AREA DEL TERRENO: m2 371.70 AVALUO DE TERRENO: $ 126.836,12 AREA DE CONSTRUCCION: 835 m2 AVALUOS DE CONSTRUCCION: $ 95.127,37 AVALUO TOTAL DEL INMUEBLE: $ 221.963,49 LINDEROS DEL PREDIO: Norte: 7.50m con calle Presidente Córdova Sur: 8.29m con Iglesia de San Francisco Este: 47.21 m con propiedad de Alberto Mosquera e Iglesia San Francisco Oeste: 47.06 m con propiedad de José González Los representantes legales de la Ilustre Municipalidad de Cuenca quedan autorizados a realizar los trámites necesarios que permitan cumplir el objetivo de la resolución, esto es celebrar la escritura pública correspondiente de lograrse acuerdo con sus propietarios, o en su defecto a deducir el correspondiente juicio de expropiación ante las autoridades judiciales. Los egresos que se generen a consecuencia de la declaratoria de utilidad pública y expropiación se aplicarán a la partida presupuestaria No. 7.3.36.5.01.04.09 “Fondo de Salvamento”.