Fecha de sesión
Orden
7
Dirigido a
PROCURADOR SINDICO
Fecha de Oficio
Número de oficio
817
El Ilustre Concejo Cantonal en sesión extraordinaria celebrada el jueves 1 de febrero del 2007, al tratar el punto 7 del orden del orden del día, resolvió acoger el contenido del oficio No. 228 DCM, suscrito por el Director de Control Municipal, consecuentemente se enmienda el error que existe en el Reglamento de Propiedad Horizontal que regula el condominio de propiedad de la Sra. CARMEN ELISA MOLINA ESPINOZA; en el sentido de:
En la parte de antecedentes en el primer inciso, se deberá hacer constar lo siguiente: “Escritura celebrada la primera ante el Notario Público Segundo del Cantón Cuenca, a cargo del Dr. Rubén Vintimilla Bravo, e inscrita en el registro Mayor de la Propiedad del Cantón Cuenca, con el número 676, con fecha 15 de mayo de 1970; y la segunda del terreno adjudicado por la I. Municipalidad de Cuenca, celebrada mediante escritura de protocolización ante el Sr. Notario Público Sexto del Cantón Cuenca, a cargo del Dr. René Durán Andrade, en fecha 10 de diciembre de 1987, e inscrita en el Registro de la Propiedad con el número 6426, con fecha 26 de octubre de 1998”.
Atentamente,
Dr. Guillermo Ochoa Andrade,
SECRETARIO DEL ILUSTRE
CONCEJO CANTONAL
-aol
c.c Dirección de Control Municipal
P. 7 OD
Doctor
Diego Trelles Vicuña,
DIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS,
En su despacho.
De mi consideración:
A fin de que se de atención a lo dispuesto por el I. Concejo Cantonal, adjunto se servirá encontrar copia de la resolución adoptada en la sesión del 1 de febrero del 2007, por se de su competencia, se tomará en cuenta el último párrafo de dicha resolución el mismo que dice:
... “La Corporación Edilicia dispuso además que, la Administración Municipal intervenga para señalar y sancionar al o los empleados que se arrogan funciones y desacatan las Leyes y Ordenanzas Municipales”.