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Resoluciones


9. Conocimiento y resolución sobre el escrito presentado por la Sra. CRISTINA ALEJANDRA IDROVO PALACIOS, relacionada con la indemnización por los daños que ha sufrido su vehículo. Se conocerá informe de Asesoría Jurídica.

Fecha de sesión
Orden
9
Dirigido a
CASILLA JUDICIAL
Fecha de Oficio
Número de oficio
0
El Ilustre Concejo Cantonal en sesión extraordinaria celebrada el jueves 16 de noviembre del 2006, al tratar el punto 9 del orden del día, relacionado con el escrito presentado por la Sra. CRISTINA ALEJANDRA IDROVO PALACIOS, quien solicita indemnización por los daños que ha sufrido su vehículo a consecuencia de un accidente sufrido en el sector de la Av. de Circunvalación, a la altura de la Universidad del Azuay; resolvió acoger el informe de Asesoría Jurídica, el mismo que en lo principal dice: El tramo de la Av. de Circunvalación Sur en la que la reclamante manifiesta sufrió el accidente, constituye una vía interprovincial que al momento no está a cargo de la I. Municipalidad de Cuenca, la que no ha sido entregada por parte del Ministerio de Obras Públicas. Independientemente del hecho antes referido que hace improcedente la petición, las normas que cita y en las que fundamenta su derecho so son aplicables, ya que si bien la vía como tal es un bien de dominio público, no constituye prestación de un servicio público para que se ajuste a lo previsto en el Art. 20 de la Constitución Política de la República. El Art. 162 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal regula aspectos ajenos al que es materia del reclamo. Por otro lado para que proceda el reconocimiento de la indemnización de perjuicios como se viene requiriendo, en el supuesto no consentido que hubiere responsabilidad municipal, debe establecerse judicialmente a través de autoridad competente y ser esta quien la cuantifique si el asistiese el derecho. Por lo anteriormente señalado, se niega el recurso presentado.