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Resoluciones

4. Conocimiento y resolución sobre la petición presentada por los Señores EULOGIO JIMBO Y MARIA CHITACAPA, quienes solicitan se proceda con la indemnización del predio que fue declarado de Utilidad Pública. Se conocerá el informe de Asesoría

Fecha de sesión
Orden
4
Dirigido a
PROCURADOR SINDICO
Fecha de Oficio
Número de oficio
2515
el Ilustre Concejo Cantonal en sesión ordinaria celebrada el miércoles 26 de abril del 2006, al tratar el punto 4 del orden del día, relacionado con la petición presentada por los Señores EULOGIO JIMBO Y MARIA CHITACAPA, quienes solicitan se proceda con la indemnización del predio que fue declarado de Utilidad Pública; tomando en cuenta el informe emitido por los Señores Procurador Sindico Municipal y Director de Avalúos y Catastros, constante en oficio No. 878, de fecha 19 de abril del 2006, resolvió: “... La entidad no dispone al momento de terrenos municipales que nos permitan proceder como solicitan los señores Eulogio Jimbo y María Chitacapa, esto es que el pago del precio del inmueble a expropiarse se lo haga con otro terreno de similares características. Desde el punto de vista legal, la posibilidad de un acuerdo está dado por la propia Ley, que nos faculta, en aras de llegar a un entendimiento con los propietarios, reconocerles como precio del inmueble, el valor de $18.684,00 que sirvió de base para la Declaratoria de Utilidad Pública y un 10% adicional...” En razón de lo expuesto, se autoriza a los representantes legales de la I. Municipalidad para que vean la posibilidad de llegar a un entendimiento con los titulares del inmueble, en el plazo que la Ley establece para el efecto, caso contrario, se proceda a plantear el juicio expropiatorio correspondiente.