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Resoluciones

8. Conocimiento y resolución sobre la apelación presentada por la Sra. CARMEN PIEDAD PEREZ PABAÑA, dentro del trámite de juzgamiento seguido en su contra por haber realizado en el inmueble ubicado en la vía a la mina de lastre de Sinincay, la construcción

Fecha de sesión
Orden
8
Dirigido a
COMISARIO DE ORNATO// DR. JAIME DIAZ
Fecha de Oficio
Número de oficio
1791
El Ilustre Concejo Cantonal en sesión ordinaria celebrada el miércoles 29 de marzo del 2006, al tratar el punto 8 del orden del día, relacionado con la apelación presentada por la Sra. CARMEN PIEDAD PEREZ PABAÑA, dentro del trámite de juzgamiento seguido en su contra por haber realizado en el inmueble ubicado en la vía a la mina de lastre de Sinincay, la construcción de una edificación sin respetar los retiros correspondientes; resolvió acoger el informe de Asesoría Jurídica, el mismo que en lo principal dice: ... Encontrándose la causa en estado de resolver, el recurso interpuesto, es pertinente hacer las siguientes consideraciones: 1. No se han omitido solemnidades sustanciales en la tramitación del presente juzgamiento, por lo que se lo ha de declarar válido. 2. El informe técnico presentado por los funcionarios de Control Municipal y que ha dado lugar al presente juzgamiento, es concluyente en relación a la existencia de las infracciones que lo motivan. 3. Se debe considerar que el Art. 10 y 16 de la Ordenanza de Control para las Zonas Urbana, de Expansión Urbana y Rural del Cantón Cuenca, dispone que deberá contarse con las respectivas autorizaciones del I. Municipio para realizar las construcciones y sujetarse a ellas.- Y el Art. 40 de la Ordenanza citada ordena que si una construcción no se sujeta a la Ordenanza y normas de construcción vigentes la sanción será la imposición de la multa y la demolición de la obra. 4. Nada ha aportado la accionada, en descargo de las causas que han dado lugar al juzgamiento; más bien, en varios aspectos, ha realizado una aceptación tácita de los cargos en la audiencia... Consecuentemente, por las consideraciones expuestas el I. Concejo Cantonal resuelve: - imponer la multa de $ 160.00 de multa, que deberá ser depositados en la Tesorería Municipal. - que se proceda a retirar la parte del galpón que se encuentra afectada por el retiro hacia la vía en un área de 30 m2 y el retiro del medidor de agua, lo que deberá cumplirse en el término de tres días de ejecutoriada la resolución, de no hacerlo, ejecutará lo resuelto una cuadrilla de Obras Públicas Municipales, cuyos costos serán exigidos a la infractora, más el 30% de recargo.