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Resoluciones

10. Conocimiento y resolución sobre la apelación interpuesta por la Sra. MARIA CARMEN PILLCO SIGUA, para ante el H. Consejo Provincial del Azuay. Se conocerá informe de Asesoría Jurídica.

Fecha de sesión
Orden
10
Dirigido a
PARA ACTAS
Fecha de Oficio
Número de oficio
0
El Ilustre Concejo Cantonal en sesión extraordinaria celebrada el jueves 15 de diciembre del 2005, al tratar el punto 10 del orden del día, relacionado con la apelación interpuesta por la Sra. MARIA CARMEN PILLCO SIGUA, para ante el H. Consejo Provincial del Azuay; resolvió acoger el informe de Asesoría Jurídica, el mismo que en los principal dice: La resolución de la que se apela, ha sido emitida por la Corporación Edilicia el 21 de septiembre del 2005 y notificada a la señora María Carmen Pillco Sigua, en la casilla judicial señalada por su abogado defensor el día 23 de septiembre del 2005. El escrito a través del cual interpone el recurso de apelación, ha sido presentado en la secretaría del I. Concejo Cantonal el 6 de diciembre del 2005. Para los aspectos jurídicos que expresamente no se encontraren regulados en la Ley Orgánica de Régimen Municipal, rige como Ley supletoria el Código de Procedimiento Civil, cuerpo legal que en su Art. 324 textualmente dice: “La apelación se interpondrá dentro del término de tres días; y el juez, sin correr traslado ni observar otra solemnidad, concederá o denegará el recurso” El presente recurso se ha interpuesto habiendo transcurrido más de dos meses desde la notificación de la resolución; es decir, absolutamente fuera del término que la Ley concede al efecto; consecuentemente se rechaza el recurso de apelación interpuesto, por improcedente.