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Resoluciones

13. Conocimiento y resolución de la REPLANIFICACION DE VIA EN EL SECTOR EL ARENAL ALTO PLAN DE ACTUACIÓN URBANISTICA 51. Se conocerá acta de la Comisión de Urbanismo de fecha 8 de julio del 2005.

Fecha de sesión
Orden
13
Dirigido a
DIRECTOR DE LA SEGEPLAN
Fecha de Oficio
Número de oficio
5230

El Ilustre Concejo Cantonal, en sesión de fecha miércoles 17 de agosto del 2005, al tratar el punto 13 del Orden del Día, acogiendo la sugerencia de la comisión de urbanismo, resolvió aprobar la REPLANIFICACIÓN DE VIA EN EL SECTOR EL ARENAL ALTO PLAN DE ACTUACIÓN URBANISTICA 51, de acuerdo a las siguientes consideraciones:

" Acatando la resolución del Ilustre Concejo Cantonal, los señores Concejales Presidentes de las Comisiones de Urbanismo y Legislación luego de la inspección al sitio, recomendaron se proceda por parte de la Secretaría General de Planificación Municipal al análisis de la propuesta presentada por parte de los interesados, una vez que se cuenta con la actualización y verificación de la información predial del tramo.- Toda vez que esta vía conecta dos tramos de vías colectoras, se presenta por parte de esta Secretaría una alternativa que ratifica el trazado del eje de la propuesta del Arq. Edy Zea Ochoa, representante técnico de los Sres. Paul Díaz Heredia y Rubén Coello, mejora los radios de giro establecidos a fin de generar una continuidad en el recorrido e incrementa la sección transversal a 8.00mts. para esta vía local que presenta una longitud de 48,00mts, posibilita el acceso hacia el equipamiento recreativo y elimina la afección que existe por la trayectoria de la vía originalmente planificada en el Plan de Actuación Urbanística; la cual atraviesa el terreno de la Sra. Guadalupe Narváez, lote que por un error involuntario de la I. Municipalidad se procedió al despacho de la licencia urbanística y permiso de construcción, terreno que es parte de una lotización aprobada y que no constó en los levantamientos prediales de la Planificación aprobada el 30 de Agosto de 1994.- Esta reforma posibilita una calzada de 6,00mts; dimensión que permitirá absorber los flujos vehiculares para el funcionamiento de esta infraestructura, así como aceras de 1,00mts a cada lado de la vía.. Cabe indicar que el incremento de la sección transversal no afecta el área útil de los lotes resultantes, los cuales pueden receptar edificación respetando las determinantes de planificación establecidas para el sector"