El Ilustre Concejo Cantonal en sesión ordinaria celebrada el miércoles 15 de junio del 2005, al tratar el punto 12 del orden del día, relacionado con la apelación presentada por la señora TRANSITO PACHECO, dentro del trámite de juzgamiento seguido en su contra por haber realizado una construcción sin planos ni permisos; resolvió acoger el informe de Asesoría Jurídica, aceptando los fundamentos constantes en el mismo:
La resolución emitida por el señor Comisario Municipal de Ornato y Construcciones tiene fecha 19 de mayo del 2005 a las 11h30; y, el escrito a través del cual la señora TRANSITO CONCEPCION PACHECO PESANTEZ, interpone el recurso de apelación para ante el I. Concejo Cantonal, en su fe de presentación tiene fecha 30 de mayo del 2005; de lo anotado se colige que al momento de presentación del recurso, la resolución del señor Comisario a quo, se encontraba ejecutoriada, consecuentemente no cabia recurso alguno de ella.
Por los criterios expuestos, sin necesidad de entrar a analizar otros aspectos procesales, deberá inhibirse del conocimiento del trámite subido en grado, en virtud de que el recurso ha sido indebidamente concedido por el Sr. Comisario. Adicionalmente el Concejo Cantonal ordena la devolución del expediente al inferior a fin de que proceda a la ejecución de lo resuelto, conforme corresponde en derecho.