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Resoluciones

4. Conocimiento y resolución sobre el informe emitido por Asesoría Jurídica relacionado con la declaratoria de Utilidad Pública con ocupación inmediata del inmueble de propiedad de los señores MARIA DEL PILAR TOLEDO ECHEVERRIA VDA. DE CISNEROS, MARIA FER

Fecha de sesión
Orden
4
Dirigido a
PROCURADOR SINDICO
REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD
Fecha de Oficio
Número de oficio
0

El Ilustre Concejo Cantonal en sesión ordinaria celebrada el miércoles 18 de mayo del 2005, al tratar el punto 4 del orden del día, contando con todos los requisitos y documentos exigidos en la Ley de Régimen Municipal y Art. 36 de la Codificación a la Ley de Contratación Pública; resuelve declarar de UTILIDAD PUBLICA CON OCUPACION INMEDIATA, el inmueble de propiedad de los señores: MARIA DEL PILAR TOLEDO ECHEVERRIA VDA. DE CISNEROS, MARIA FERNANDA CISNEROS TOLEDO, JORGE ANTONIO CISNEROS TOLEDO Y SU CONYUGE ANA MARIA ESPINOZA ABAD, perteneciente a la parroquia El Sagrario del Cantón Cuenca, provincia del Azuay, concretamente el área afectada a expropiarse y construcción existente, cuya cabida, linderos, dimensiones y más datos son los siguientes:

UBICACIÓN: Calle Luis Cordero 5-43

PARROQUIA: El Sagrario

AREA TOTAL: 530 m2

AREA DE CONSTRUCCION AFECTADA: 786 m2

AVALUO AREA DE TERRENO AFECTADO: $ 85.272,00

AVALUO TOTAL DE LA CONSTRUCCION AFECTADA: $ 87.075,00

AVALUO TOTAL DEL INMUEBLE A EXPROPIARSE: $ 172.347,00

LINDEROS GENERALES DEL AREA AFECTADA:

NORTE: 46.07 ml con propiedades de Secundino Moncayo Muñoz

SUR: 46.32 ml con propiedad de Hdros. de Tarquino Martínez

ESTE: 10.93 ml con la calle Luis Cordero

OESTE: 11.81 ml con propiedades de Alfredo Vintimilla y Pilar Toledo

El área afectada será destinada para la ejecución de obras Municipales como lo es el PROYECTO DE LA CASA DEL MIGRANTE. El número de la partida presupuestaria a la cual se aplicará el egreso es la No. 8.2.23.4.02.02.

Los representantes legales de la I. Municipalidad de Cuenca quedan autorizados a realizar los trámites necesarios que permitan cumplir el objetivo de la resolución, esto es celebrar la escritura pública correspondiente de lograrse acuerdo con sus propietarios, o en su defecto a deducir el correspondiente juicio de expropiación ante las autoridades Judiciales.