Fecha de sesión
Orden
3
Dirigido a
Alcaldia
Fecha de Oficio
Número de oficio
4247
El Ilustre Concejo Cantonal, en sesión ordinaria celebrada el Jueves 25 de
noviembre del año en curso, al tratar el punto 3.1 del orden del día,
relacionada con el funcionamiento de las Juntas Parroquiales, considerando que
éstas son organismos necesarios y permanentes en la tradición histórica de la
vida municipal; que la Constitución Política de la República enuncia la
expedición de una ley propia que las regule y permita su integración; que la
Ley de Régimen Municipal y la Ley Especial de Descentralización del Estado y de
Participación Social, establecen principios de organización y atribuciones
propias para estas entidades sociales; y, que ha sido iniciativa de la
administración ejecutiva municipal propiciar y regular formas participativas y
democráticas de funcionamiento de las Juntas Parroquiales, en uso de sus
atribuciones y de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 235 de la Constitución,
resuelve: delegar a la Alcaldía, otorgando las más amplias atribuciones, para
que regule la participación democrática de las Juntas Parroquiales y su
cogestión, en el marco de los principios constitucionales, la Ley de Régimen
Municipal, la Ley de Descentralización y las Ordenanzas Municipales, hasta que
se dicte la respectiva ley.