REFORMA A LA ORDENANZA PARA EL CONTROL Y SANCION DE LA PROMOCION Y PRESTACION DE SERVICIOS DE TRANSPORTE PUBLICO, COMERCIAL Y POR CUENTA PROPIA, CON O SIN TITULO HABILITANTE OTORGADO POR LA I. MUNICIPALIDAD DE CUENCA
ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTÓN CUENCA
CONSIDERANDO:
Que, el art. 7 literal e), de la Ordenanza de transición para la adecuación de las ordenanzas vigentes a las disposiciones del COOTAD y el ejercicio de las competencias exclusivas establecidas en el art. 264 de la constitución, señala que; el ejercicio de la potestad sancionadora atribuida a los Comisarios Municipales, la continuarán ejerciendo estas autoridades, de acuerdo a la distribución de las materias contenidas en las Ordenanzas municipales vigentes.
Que, el Art. 401 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), establece el procedimiento administrativo sancionador, el mismo que debe ser iniciado mediante auto motivado que precise el hecho acusado, la persona presuntamente responsable del hecho, la norma que tipifica la infracción y la sanción que se impondrá en caso de ser encontrado responsable y, que para asegurar el cumplimiento de las sanciones que pudiera imponerse, las autoridades competentes podrán adoptar medidas provisionales de conformidad con la ley.
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, expide:
La siguiente: REFORMA ORDENANZA PARA EL CONTROL Y SANCION DE LA PROMOCION Y PRESTACION DE SERVICIOS DE TRANSPORTE PUBLICO, COMERCIAL Y POR CUENTA PROPIA, CON O SIN TITULO HABILITANTE OTORGADO POR LA I. MUNICIPALIDAD DE CUENCA
Artículo 1.- Sustitúyase el Art. 15 por el siguiente:
Art. 15.- La competencia para el juzgamiento y aplicación de las sanciones contempladas en esta Ordenanza corresponde a las Comisarías Municipales del Cantón, debiendo sustanciarse conforme al procedimiento determinado en el COOTAD.
La falta de comparecencia del administrado no suspende el trámite de procedimiento y juzgamiento.
La Sindicatura Municipal sorteará las boletas o los partes para distribuirlas entre las comisarías municipales.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente ordenanza entrará en vigencia el día siguiente de su publicación.
Dado y firmado en la Sala de Sesiones del Ilustre Concejo Cantonal a los 25 días del mes de agosto de dos mil once.
Paúl Granda López Lorena Cazar Almache
ALCALDE DE CUENCA SECRETARIA (E) DEL ILUSTRE CONCEJO CANTONAL
CERTIFICADO DE DISCUSIÓN.- Certifico que la presente Ordenanza fue conocida, discutida y aprobada por el Ilustre Concejo Cantonal de Cuenca, en primer debate en sesión ordinaria del 9 de junio de 2011 y en segundo debate, en sesión ordinaria del 25 de agosto del 2011.
Lorena Cazar Almache
SECRETARIA (E ) DEL ILUSTRE
CONCEJO CANTONAL
ALCALDIA DE CUENCA.- Ejecútese y envíese para su publicación.- Cuenca, 2 de septiembre de dos mil once.
Paúl Granda López
ALCALDE DE CUENCA
Proveyó y firmó el decreto que antecede el Dr. Paúl Granda López, Alcalde de Cuenca, a los 2 días del mes de septiembre de dos mil once.- Cuenca, 5 de septiembre de 2011.
Lorena Cazar Almache
SECRETARIA ( E ) DEL ILUSTRE
CONCEJO CANTONAL