Roberto Cobos Carrera,
DIRECTOR DE AVALUOS
Y CATATROS,
el Ilustre Concejo Cantonal en sesión ordinaria celebrada el jueves 7 de julio de 2011, al tratar el punto 6 del orden del día, luego de conocer el contenido del oficio No. DACE-1790-2011, resolvió aclarar la resolución tomada en sesión del 29 de enero de 2003, debiendo indicar que la expropiación para el emplazamiento del Programa Habitación “Los Cerezos”, fue realizada sobre dos predios de propiedad de los señores BOLIVAR GERMAN IGNACIO ARMIJOS GARCIA Y CLEMENCIA ASPACIA GARCIA; de acuerdo con el siguiente detalle:
PREDIO 1
AREA TOTAL: 8.090,66 m2
AREA EXPROPIADA: 8.090.66 m2
AVALUO: $ 173.949,19 USD
PREDIO 2
AREA TOTAL: 5.000,00 m2
AREA EXPROPIADA: 2.934,80 m2
AVALUO: $ 63.098,20 USD
AREA UTIL: 2.065,20 m2
DATOS GENERALES
AREA TOTAL EXPROPIADA: 11.025,46 m2
AVALUO TOTAL: $ 237.047,39 USD
Los datos generales coinciden con la resolución el 29 de enero de 2003. No está demás señalar que las áreas, linderos y valores corresponden a los que consta en la escritura de compraventa otorgada por Bolívar Germán Ignacio García y señora, a favor de EMUVI. La indemnización ya fue debidamente cancelada en la fecha en que se realizó el trámite. La única modificación se refiere a los antecedentes de domino y al hecho de que se debe hacer constar que existió un área útil de propiedad de los reclamantes.
Esta área útil se ha venido ocupando normalmente por los propietarios y consta registrada en la base municipal, con la clave catastral 07-05-112-003.