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Resoluciones

1.- Conocimiento y resolución del oficio Número: CC-2062-2017, suscrito por la señorita Vicealcaldesa Ruth Caldas Arias, los Concejales Iván Granda Molina, Monserrath Tello Astudillo, Carolina Martínez Avila, Norma Illares Muñoz y Paola Flores Jaramillo.

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PARA ACTAS

El Ilustre Concejo Cantonal en Sesión Extraordinaria celebrada el lunes 25 de septiembre de 2017, al tratar el punto único del orden del día, sobre el Conocimiento y resolución del oficio Número: CC-2062-2017, suscrito por la señorita Vicealcaldesa Ruth Caldas Arias, los  Concejales Iván Granda Molina, Monserrath Tello Astudillo, Carolina Martínez Avila, Norma Illares Muñoz y Paola Flores Jaramillo, respecto de la Consulta Popular que ha anunciado el Señor Presidente de la República Lic. Lenin Moreno Garcés y planteamiento de la pregunta  de alcance territorial, respecto a la prohibición de actividades mineras en zonas de páramos, humedales y bosques nublados del cantón Cuenca, resolvió adoptar la siguiente resolución:

RESOLUCIÓN

EL ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTÓN CUENCA

CONSIDERANDO:

  1. Que, la Constitución Política del Estado establece  que las  actividades extractivas , en cualquier caso, están limitadas, restringidas e impedidas, bajo el cumplimiento y respeto obligatorio de las disposiciones constantes de los artículos 3, 12, 14, 71, 74, 264 numeral 4, 395 numeral 4, 397 numeral 4, 405, 406,  y 411 de la Constitución de la República del Ecuador, normas que imponen la tutela especial y protección a las fuentes de agua, humedales, páramos y ecosistemas que no pueden ser intervenidos ni alterados, afectando los derechos de la naturaleza reconocidos en el mismo texto constitucional;

  2. Que, en lo principal, el Art. 407 de la Constitución del Estado establece que “se prohíbe la actividad extractiva  de recursos no renovables y en zonas declaradas como intangibles, incluida la explotación forestal”;

  3. Que, el Art. 398 de la Constitución de la República del Ecuador establece “Toda decisión o autorización estatal que pueda afectar el ambiente deberá  ser consultada a la comunidad”;

  4. Que, el objetivo del desarrollo sostenible para América Latina 11.4 determina que se debe “redoblar los esfuerzos para proteger y salvaguardar el patrimonio cultural y natural del mundo” y considerando que parte de las zonas  posiblemente afectadas son la zona núcleo de conservación de la Reserva Mundial de la Biósfera del Macizo del Cajas;

  5. Que, el Art. 54, literal k del COOTAD, establece entre las funciones del Gobierno Municipal “Regular, prevenir y controlar la contaminación ambiental en el territorio cantonal, de manera articulada con las políticas ambientales nacionales”;

  6. Que, el I. Concejo Municipal de Cuenca resolvió el 22 de septiembre de 2011, en relación con la actividad minera de los proyectos en las zonas de Río Blanco y Quimsacocha, entre otros, “asumir el liderazgo que le corresponde en la construcción de estrategias ambientales y sociales que sustenten su desarrollo actual y futuro” a partir de la concreción de “acuerdos interinstitucionales con los organismos del régimen seccional autónomo y acuerdos de complementariedad académica, científica y del orden profesional y social con las entidades locales, provinciales y regionales;

  7. Que, este cuerpo colegiado resolvió el 22 de septiembre de 2011, en relación con la actividad minera de los proyectos en las zonas de Río Blanco y Quimsacocha, entre otros, demandar al Señor Presidente de la República del Ecuador, Economista Rafael Correa Delgado, “se suspenda la explotación minera de manera inmediata de todo procedimiento de autorización, habilitación, licenciamiento, así como los de la negociación y contratos de explotación en los proyectos de Quimsacocha y Río Blanco”; y, además “demandando el respeto que le corresponde a la Municipalidad de Cuenca en el ejercicio de sus competencias y las que son propias de los organismos de los Gobiernos Autónomos Descentralizados en el régimen de regulación y control del uso y ocupación del suelo y las que corresponden a la gestión ambiental”;

  8. Que, el Concejo Cantonal de Cuenca, el 22 de Enero de 2017 resolvió entre otros puntos, destacar la importancia que tiene para el cantón Cuenca, la preservación, protección, restauración de las fuentes de agua, especialmente las que se ubican en zonas de páramo por su sensibilidad en el equilibrio ecológico;

  9. Que, el Concejo Cantonal de Cuenca, el 22 de Enero de 2017, declaró el territorio del cantón Cuenca, sus páramos y ecosistemas frágiles y amenazados, que se encuentran dentro del área de Reserva de la Biósfera del Macizo del Cajas en lo correspondiente al Cantón Cuenca, y en las áreas de protección y conservación ambiental y de fuentes hídricas determinadas por el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, libres de minería metálica, de manera especial las circundantes al Parque Nacional El Cajas, en concordancia con la Constitución de la República del Ecuador;

  10. Que, los  proyectos mineros en zonas frágiles como Río Blanco y Loma Larga, tendrán indudables impactos en el orden ambiental, social y económico, por lo que, deben ser tutelados por los órganos nacionales y seccionales competentes; respetando las competencias que corresponden a los Gobiernos Autónomos Descentralizados;

  11. Que, el ordenamiento territorial vigente en el cantón Cuenca, impone de manera taxativa y obligatoria la protección de las fuentes hídricas y la restricción para actividades extractivas, según disponen los artículos 75,76,77,78,79,80 y 81 de la Ordenanza que sanciona el Plan de Ordenamiento Territorial del Cantón Cuenca, normas de cumplimiento obligatorio en la jurisdicción del Cantón Cuenca;

  12. Que, las actividades de explotación minera no pueden hacerse sin el previo consentimiento del Concejo Municipal de Cuenca, cuyas atribuciones de regulación y control de uso y ocupación del suelo son exclusivas, privativas e indelegables, según dispone la Constitución de la República y el COOTAD;

  13. Que, toda actividad que se desarrolle en el cantón Cuenca, debe sustentarse en principios de sostenibilidad ambiental y equidad social, en el marco de lo dispuesto y en el cumplimiento de los objetivos señalados en el Art. 276 de la Constitución de la República del Ecuador;

  14. Que, las áreas de conservación natural previstas en el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del cantón Cuenca, se encuentran ubicadas en las áreas aledañas al Parque Nacional del Cajas, mismas que según la información disponible en el Catastro Minero, se encuentran en trámite de concesión para minería metálica;

  15. Que, este Concejo Cantonal, debe pronunciarse ante una amenaza sobre las zonas de conservación previstas en el PDOT, para garantizar la sostenibilidad futura del cantón Cuenca, por ser un asunto de preocupación pública;

  16. Que, entre las áreas que están concesionadas y las que se encuentran en proceso de concesión existen 2.309,26 hectáreas de propiedad de ETAPA EP que serían afectadas en caso de otorgamiento definitivo y oficial de derechos mineros por parte del Ministerio de Minería, de las cuales 1511,27 hectáreas pertenecientes a la propiedad de Quitahuayco están ya en exploración minera inicial;

  17. Que, los colectivos ciudadanos cobijados en el Cabildo por el Agua y otras organizaciones  sociales durante décadas han planteado la no extracción minera en fuentes hídricas, zonas de paramo, humedales y bosques nublados y al ser un interés ciudadano que se actúe en función del principio de precaución ambiental;

  18. Que, dado que el Presidente de la República del Ecuador, Licenciado Lenin Moreno Garcés, ha pedido  al pueblo ecuatoriano, presente criterios que puedan incluirse en la Consulta Popular a exteriorizarse el 2 de Octubre de 2017, la misma que está sustentada en los Art. 61 numeral 2, Art 95, 96 y 147 numeral  14  de la Constitución Política del Estado;

  19. Que, el Concejo Cantonal, acogiendo la invitación del Presidente de la República del Ecuador, Licenciado Lenin Moreno Garcés, a dialogar sobre diversos temas de interés Local y Nacional, y;

En uso de sus atribuciones:

RESUELVE:

Apoyar la Consulta Popular planteada por el Presidente de la República  del Ecuador, Licenciado Lenin Moreno Garcés.

Enviar la siguiente pregunta al Presidente de la República del Ecuador, Licenciado Lenin Moreno Garcés, exhortando su inclusión en la  Consulta Popular a ser llamada el 2 de Octubre de 2017, con las siguientes opciones:

Opción 1

¿ Deben eliminarse y, en adelante, prohibirse expresamente las actividades de minería metálica en  fuentes de agua, zonas de páramo, humedales y bosques nublados, bosques alto Andino, extinguiendo, además, las autorizaciones a las concesiones mineras metálicas en todas sus fases y declarando éstas como zonas intangibles; mediante una enmienda constitucional promulgada por la Asamblea  Nacional que modifique  el Artículo 407 de la Constitución de la República  del Ecuador y la ley reformatoria de Minería y los cuerpos legales nacionales?.

Opción 2

¿Deben eliminarse y, en adelante, prohibirse expresamente las actividades de minería metálica en  fuentes de agua, zonas de páramo, bosques alto Andino, humedales y bosques nublados en el cantón Cuenca, extinguiendo, además, las autorizaciones a las concesiones mineras metálicas en todas sus fases y declarando éstas como zonas intangibles; mediante una reforma a la Ley de Minería?.

Apoyar las iniciativas populares  del Cabildo por el Agua y toda manifestación que busque preservar las fuentes hídricas, zonas de páramo, humedales y bosques nublados en Cuenca y Azuay.

Enviar la presente resolución al señor Presidente de la República del Ecuador, Licenciado Lenin Moreno Garcés.

Autorizar al Ingeniero Marcelo Cabrera Palacios, Alcalde del cantón Cuenca, para que conjuntamente con las  Comisiones de Medio Ambiente y Legislación realicen las acciones necesarias para impulsar la inclusión del punto 2 de la presente Resolución.

Publíquese  la presente resolución en un diario de circulación local y nacional.

Dado y firmado en la Sala de Sesiones del Concejo Cantonal, a los 25 días  del mes de Septiembre de 2017.

CONCEJO MUNICIPAL DE CUENCA

Ing. Marcelo Cabrera Palacios                                     Abg. - C.P.A. Ruth Caldas Arias             

     ALCALDE DE CUENCA                                                        VICEALCALDESA

                                                    LOS CONCEJALES

Dr. Marco Avila Rodas                                                    Abg. Xavier Barrera Vidal                                                                                                    

Econ. Martha Castro  Espinoza                                       Sr. Cesar Andrade (Con. Alt.)          

Dr. Iván Granda Molina                                                   Dra. Narcisa Gordillo Cárdenas             

Dra. Norma Illares Muñoz                                               Ing. Patricio Clavijo (Con. Alt.)            

Mgs. Monserrath Tello                                                   Ing. Dora Ordóñez Cueva                                                   

Dr. Carlos Orellana Barros                                              Lcdo. Lauro pesantez Maxi                                                                            

                                                                                      Ph.D Cristian Zamora Matute                                                                                 

                                          Dr. Javier Peña Aguirre

                           SECRETARIO DEL CONCEJO CANTONAL (E)