El Ilustre Concejo Municipal del cantón Cuenca, en sesión extraordinaria celebrada el día lunes 08 de junio de 2020, al tratar el punto 9 del orden del día, Resuelve, solicitar la siguiente información de acuerdo con el siguiente texto:
El Ilustre Concejo Municipal del cantón Cuenca
Considerando:
Que, el segundo inciso, del número 2 del artículo 11 de la Constitución de la República señala que todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades, y que nadie podrá ser discriminado por su condición migratoria;
Que, el artículo 392 de la Constitución de la República declara, que el Estado velará por los derechos de las personas en movilidad humana y ejercerá la rectoría de la política migratoria a través del órgano competente en coordinación con los distintos niveles de gobierno. El Estado diseñará, adoptará, ejecutará y evaluará políticas, planes, programas y proyectos, y coordinará la acción de sus organismos con la de otros Estados y organizaciones de la sociedad civil que trabajen en movilidad humana a nivel nacional e internacional;
Que, en fecha 16 de marzo de 2020 el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No 1017 Declarando el Estado de Excepción por calamidad pública en todo el territorio nacional por los casos de coronavirus confirmados y la declaratoria de pandemia COVID-19 por parte de la Organización Mundial de la Salud;
Que, el artículo 2 de principios de la Ley Orgánica de Movilidad Humana contempla el principio de Protección de las personas ecuatorianas en el exterior. “El Estado ecuatoriano promoverá acciones orientadas a garantizar a las personas ecuatorianas en el exterior el efectivo reconocimiento y respeto de los derechos humanos, independientemente de su condición migratoria. El Estado ecuatoriano velará por el respeto y reconocimiento de los derechos humanos de la comunidad ecuatoriana en el exterior, mediante acciones diplomáticas ante otros Estados”;
Que, el artículo 4, literal a) de la Ordenanza que Regula y Organiza el Funcionamiento del Sistema de Protección y Desarrollo Integral para los y las Migrantes y sus Familias del Cantón Cuenca, señala como Políticas Públicas del Sistema el “Promover (…) seguimiento y (…) para garantizar la protección, ejercicio y goce de los derechos humanos de los y las migrantes y sus familias en los países de origen, tránsito y de destino.”
Que, en el literal n) del artículo 4 de la normativa ibídem, establece el “Promover que las embajadas y consulados del Ecuador asuman de manera prioritaria la defensa y protección de los Derechos Humanos de todas las personas migrantes ecuatorianas (…)”
Que, la pandemia por el contagio del COVID 19, que vivimos es de carácter global y en ese sentido lo ciudadanos migrantes y en movilidad humana tienen una situación especialmente delicada en los países en los cuáles están radicados.
Que, en diversos países, tenemos a miles de hombres y mujeres cuencanos de las áreas urbanas y rurales, que viven y residen desde hace décadas, misma a consecuencia de la larga tradición migratoria que tenemos.
En ejercicio de las atribuciones otorgadas en el artículo 57 literal d), este Concejo Cantonal.
RESUELVE:
PRIMERO: Expresar nuestra solidaridad y apoyo a todas las familias cuencanas que, por diversas razones se encuentran fuera del territorio nacional y sobre todo aquellas que han perdido a sus seres queridos producto de esta pandemia y desear pronta recuperación a quienes están luchando contra el COVID-19.
SEGUNDO.- Solicitar al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, se nos informe la situación de salud de las cuencanas y cuencanos que viven y residen en el exterior, brindándonos la siguiente información:
- Número de ciudadanos contagiados;
- Número de hospitalizados y su estado de salud;
- Número de personas fallecidas;
- Número de ciudadanos se encuentran recuperados;
- Y más información que se considere relevante sobre el estado de salud de las y los Cuencanos en el exterior.
TERCERO.- Solicitar a la entidad rectora en materia de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, se nos remita un listado de ciudadanos que por diversas razones no pudieron regresar a nuestro país y que se encuentra en calidad de varados en el exterior, detallando la siguiente información:
- Número de personas que han recibido apoyo de los vuelos humanitarios de retorno;
- Número de personas en lista de espera para regresar al país.
Dado por resolución del Ilustre Concejo Cantonal de Cuenca a los ocho días del mes de junio del año dos mil veinte.