Esteban Marcelo Orellana
DIRECTOR GENERAL DE PLANIFICACION
Para los fines consiguientes, comunico a usted que, el Concejo Cantonal en Sesión Extraordinaria celebrada el miércoles 16 de marzo de 2016, al tratar el punto 18 del Orden del Día, luego de conocer el Acta de la Comisión de Urbanismo del 23 de febrero de 2016, resolvió aprobar el “LEVANTAMIENTO DE LA RESTRICCIÓN DE USO PARA UN POLÍGONO DE ACTUACIÓN URBANÍSTICA, SECTOR ZHUCAY”.
Determinantes de Uso y Ocupación del Suelo.
De acuerdo al Plano 8 de la Ordenanza que Sanciona el Plan de Ordenamiento Territorial del Cantón Cuenca (Suelos no urbanizables del área de influencia de la ciudad de cuenca y territorios adyacentes y corredores de crecimiento consolidados y en proceso de consolidación); una parte del sector en donde se emplaza el lote de propiedad del Ing. Albán y sus colindantes, se encuentra determinada como zona de CAÍDA DE ROCAS – DERRUMBES, y ÁREAS NO URBANIZABLES POR LIMITACIONES TOPOGRÁFICAS, acorde a las características desfavorables del territorio para su urbanización, ya sea por conservación natural, limitaciones topográficas o en su defecto por limitaciones geológicas.
Finalmente para los lotes del sector que se emplazan fuera de las áreas restringidas para la construcción; la Ordenanza en vigencia establece los Usos de Suelo y Características de Ocupación definidos como Cuencas Hidrográficas de los Ríos: Tomebamba, Machángara, Yanuncay, Tarqui, Jadán y Sidcay; en donde:
a) Se permitirán subdivisiones de suelo únicamente para las finalidades que se señalan a continuación:
- Agropecuaria, siempre y cuando se trate de predios que tengan vocación para estas actividades y su ejecución no suponga la disminución de la producción y productividad, como tampoco la constitución de minifundios y el manejo no sustentable del recurso suelo; y,
b) Se permitirá la construcción de edificaciones en las parcelas resultantes de subdivisiones siempre y cuando se destinen exclusivamente a usos complementarios a las actividades agrícolas y pecuarias y a la vivienda.
Categorías de Ordenación.
Como parte del análisis vale indicar además que en sesión realizada el 13 de febrero de 2015, el I. Concejo Cantonal aprueba la ORDENANZA DE REFORMA Y ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL CANTÓN CUENCA, mediante las cuales se actualizan las Categorías de Ordenación dentro del Cantón Cuenca acorde a la vocación actual del territorio.
Mediante estas Categorías de Ordenación, una parte considerable del sector correspondiente a la Zona de Caída de Rocas y Derrumbes del Plano 8, le corresponde la clasificación de ÁREA DE AGRICULTURA EN TRANSICIÓN.
Estos territorios al encontrarse en las cercanías de la ciudad de Cuenca han sufrido un fraccionamiento excesivo de los territorios, por las consideraciones actuales se ha establecido un tamaño mínimo de parcela de1ha.
Informe de la Dirección de Gestión de Riesgos.
Dentro del análisis realizado por parte del equipo técnico de la Dirección de Gestión de Riesgos, se ha elaborado el Mapa de Amenazas por Fenómenos de Inestabilidad de Terrenos en el sector Recreo Zhucay, tomando para ello como base la información correspondiente al documento técnico del proyecto PRECUPA, luego de lo cual y una vez identificadas los grados de susceptibilidad de esta zona ante fenómenos de inestabilidad, concluye con las siguientes recomendaciones:
Zonas de Alta Susceptibilidad ante Fenómenos de Inestabilidad de Terrenos Zonas restringidas para el “Desarrollo Urbano” las mimas que pueden ser consideradas de uso forestal.
Zona de Media Susceptibilidad ante Fenómenos de Inestabilidad de Terrenos Áreas de Terrenos con limitaciones para la construcción de viviendas
Zona de Baja y Sin Susceptibilidad ante Fenómenos de Inestabilidad de Terrenos.
Son áreas con terrenos aptos para la construcción de viviendas y obras de infraestructura consideradas para “Desarrollo Urbano”.
“…Con la finalidad de proteger la infraestructura habitacional a construirse en esta zona para los respectivos permisos de construcción es criterio del suscrito exigir: estudio de mecánica de suelos que determine capacidad portante del terreno de acuerdo a la norma ecuatoriana de la construcción en las zonas de Baja Susceptibilidad; para estructuras mayores a 2 pisos, estudio sismo resistente; para terrenos con pendientes cercanas o mayores al 30% en zonas de Susceptibilidad Baja y Media, estudio Geológico-Geotécnico que determine el factor de seguridad (Fs) con cargas estáticas y dinámicas igualmente relacionado con lo que establece la Norma Ecuatoriana de la Construcción; considerando niveles freáticos desde la superficie (suelos completamente saturados y caso más pesimista)…”
Con estos antecedentes y al realizar un análisis comparativo de los mapas 2 y 5, del presente informe, se desprende el hecho de que existen áreas catalogadas mediante el plano de Amenazas como de Susceptibilidad Baja, mismas que según el Plano 8 de la Ordenanza en vigencia corresponden a Zonas de Caídas de Rocas y Derrumbes.