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Ordenanzas y Reglamentos

ORDENANZA QUE REGULA LA CELEBRACION DE CONTRATOS, CONVENIOS E INSTRUMENTOS QUE COMPROMETAN EL PATRIMONIO INSTITUCIONAL.

Fecha Publicación
Archivo Ordenanza

ORDENANZA QUE REGULA LA CELEBRACION DE CONTRATOS, CONVENIOS E INSTRUMENTOS QUE COMPROMETAN EL PATRIMONIO INSTITUCIONAL.

 

EL ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTON CUENCA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización se publicó en el suplemento del Registro Oficial número 303 de fecha 19 de octubre de 2010;

 

Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización en su Art. 60, literal n), establece como atribución del Alcalde, suscribir contratos, convenios e instrumentos que comprometan al gobierno autónomo descentralizado municipal, de acuerdo con la ley; que los convenios de crédito o aquellos que comprometan el patrimonio institucional requerirán autorización del Concejo, en los montos y casos previstos en las ordenanzas cantonales que se dicten en la materia; y,

 

En ejercicio de la facultad reconocida en el literal a) del Art. 57 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización.

 

EXPIDE:

 

La siguiente: “ORDENANZA QUE REGULA LA CELEBRACION DE CONTRATOS, CONVENIOS E INSTRUMENTOS QUE COMPROMETAN EL PATRIMONIO INSTITUCIONAL”.

 

Art. 1.-  Corresponde al Alcalde del cantón Cuenca como primera autoridad del ejecutivo del gobierno autónomo descentralizado municipal, suscribir como representante legal los contratos, convenios e instrumentos que comprometan al gobierno autónomo descentralizado municipal de Cuenca, de acuerdo con la Ley.

 

Art. 2.-  Los convenios de crédito y todos aquellos contratos, convenios e instrumentos que comprometan del patrimonio institucional y que no estén determinados por la Ley Orgánica Nacional de Contratación Pública, por sumas que superen el 0,12 del Presupuesto de la Municipalidad de Cuenca del correspondiente Ejercicio Económico, requerirán autorización previa del Concejo Municipal.

 

Para efectos de aplicación de este artículo, en lo que se refiere a bienes inmuebles, se debe considerar el avalúo fijado por la Dirección de Avalúos, Catastros y Estadísticas.

 

Los contratos de comodato de bienes inmuebles municipales, deberán contar con autorización del I. Concejo Municipal.

 

Es atribución de la primera autoridad del ejecutivo del gobierno autónomo descentralizado municipal, aceptar herencias, legados o donaciones; si fueren condicionales, modales u onerosas, las aceptará o repudiará atendiendo a la conveniencias institucionales. Las herencias, legados y donaciones se entenderán aceptadas con beneficio de inventario. El señor Alcalde hará conocer al I. Concejo Municipal las decisiones que adopte sobre esta materia.

 

Art. 3.-  El Alcalde trimestralmente podrá en conocimiento del I. Concejo Cantonal los contratos, convenios e instrumentos que comprometan al gobierno autónomo municipal.

 

DISPOSICION GENERAL:

 

Hasta que se publique el Presupuesto de la Municipalidad de Cuenca del correspondiente Ejercicio Económico, para la aplicación del coeficiente establecido en el Art. 2 de esta Ordenanza, se considerará el Presupuesto del Ejercicio Económico del año inmediato anterior.

Dado y firmado, en la Sala de Sesiones del Ilustre Concejo Cantonal de Cuenca, a los 18 días del mes de noviembre de 2010.

 

Fernando Moreno Serrano                                                                                       Ricardo Darquea Córdova

 ALCALDE DE CUENCA   (E)                                                                                       SECRETARIO DEL ILUSTRE

  CONCEJO CANTONAL

CERTIFICADO DE DISCUSION.-  Certifico que la presente Ordenanza fue conocida, discutida y aprobada por el Ilustre Concejo Cantonal en Primer y Segundo Debates en sus sesiones ordinarias del 11 y 18 de noviembre de 2010, respectivamente. Cuenca, 19 de noviembre de 2010.

 

 

Ricardo Darquea Córdova,

SECRETARIO DEL ILUSTRE

CONCEJO CANTONAL

ALCALDIA DE CUENCA.- Ejecútese y publíquese.-  Cuenca, 19 de noviembre de 2010.

 

 

Fernando Moreno Serrano,

ALCALDE DE CUENCA (E)

Proveyó y firmó el decreto que antecede el Ing. Fernando Moreno Serrano, Alcalde (E) de Cuenca, a los diecinueve días del mes de noviembre de dos mil diez.

 

Ricardo Darquea Córdova,

SECRETARIO DEL ILUSTRE

CONCEJO CANTONAL