El Ilustre Concejo Cantonal de Cuenca, CONSIDERANDO Que, de acuerdo con la Disposición Transitoria Cuarta de la Ordenanza que regula la Constitución, Organización y Funcionamiento de la Empresa Pública Municipal de Telecomunicaciones, Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Cuenca, ETAPA EP, las y los miembros del Directorio de ETAPA, continuarán en funciones hasta por un plazo máximo de treinta días contados a partir de la vigencia de dicha ordenanza, plazo durante el cual se deberá designar a las nuevas y nuevos miembros del directorio; y que, de acuerdo con el Art. 7 de la misma Ordenanza, entre otros, será miembro del Directorio una o un representante de la ciudadanía, designado según la ordenanza correspondiente, en la que se considerará la alternabilidad entre el sector urbano y rural, así como la representación equitativa de hombres y mujeres; Que, hasta la presente fecha el I. Concejo Cantonal de Cuenca, no ha aprobado la ordenanza que regule el proceso de selección de representantes de la ciudadanía a los directorios de las empresas públicas, lo que impide la conformación del Directorio de la Empresa Pública Municipal de Telecomunicaciones, Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Cuenca, ETAPA EP de acuerdo con la ordenanza vigente; Que, es necesario dar cumplimento a la disposición Transitoria Quinta de la Ordenanza que regula la Constitución, Organización y Funcionamiento de la Empresa Pública Municipal de Telecomunicaciones, Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Cuenca, ETAPA EP., para lo cual el directorio de la empresa deberá encontrarse íntegramente conformado de acuerdo con la norma del Art. 7 de la Ordenanza en referencia, y así mismo es necesario, que el directorio de ETAPA EP se encuentre conformado dentro del plazo establecido para que pueda asumir todas las facultades y competencias de las que se encuentra investido como máximo órgano de gobierno y administración de la Empresa; Y en ejercicio de sus atribuciones, expide la siguiente REFORMA A LA ORDENANZA QUE REGULA LA CONSTITUCIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA EMPRESA PÚBLICA MUNICIPAL DE TELECOMUNICACIONES, AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO DE CUENCA ETAPA EP. Art. Único.- La disposición transitoria cuarta de la Ordenanza que regula la Constitución, Organización y Funcionamiento de la Empresa Pública Municipal de Telecomunicaciones, Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Cuenca, ETAPA EP dirá: “CUARTA.- Las y los miembros del actual Directorio de ETAPA, así como su Gerente General, Gerentes y Directores de Área, continuarán en funciones hasta por un plazo máximo de treinta días contados a partir de la vigencia de la presente ordenanza. El Alcalde de Cuenca de manera inmediata dirigirá y coordinará la conformación del primer directorio de la Empresa ETAPA EP, de acuerdo a lo establecido en la presente ordenanza. El delegado ciudadano para efectos de este Directorio, será nombrado por el Alcalde, el mismo que durará en funciones hasta que se nombre y posesione el representante ciudadano elegido de conformidad con la ordenanza correspondiente.” La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de su publicación. CERTIFICADO DE DISCUSIÓN: Certificamos que la presente ordenanza fue conocida, discutida y aprobada por el I. Concejo Cantonal en primer debate en sesión ordinaria del 4 de febrero de 2010 y en segundo en sesión extraordinaria del 8 de febrero de 2010.- Cuenca, 8 de febrero de 2010. Fernando Moreno Serrano VICEPRESIDENTE DEL ILUSTRE CONCEJO CANTONAL Ricardo Darquea Córdova SECRETARIO DEL ILUSTRE CONCEJO CANTONAL ALCALDIA DE CUENCA.- Ejecútese y publíquese.- Cuenca, 8 de febrero de 2010. Paul Granda López ALCALDE DE CUENCA Proveyó y firmó el decreto que antecede el Dr. Paúl Granda López, Alcalde de Cuenca, a los ocho días del mes de febrero de 2010.- CERTIFICO. Ricardo Darquea Córdova SECRETARIO DEL ILUSTRE CONCEJO CANTONAL
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288_REFORMA A LA ORDENANZA DE ETAPA EP.docx
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