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Ordenanzas y Reglamentos

REFORMA A LA ORDENANZA QUE CREA LAS INSIGNIAS CON LAS QUE EL M. I. CONCEJO MUNICIPAL DE CUENCA RECONOCE A CONNOTADOS CIUDADANOS E INSTITUCIONES QUE HAYAN PRESTADO SERVICIOS RELEVANTES A LA CIUDAD O DADO MUESTRAS DE UNA CONDUCTA EXCEPCIONAL A FAVOR DE LA

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REFORMA A LA ORDENANZA QUE CREA LAS INSIGNIAS CON LAS QUE EL M. I. CONCEJO MUNICIPAL DE CUENCA RECONOCE A CONNOTADOS CIUDADANOS E INSTITUCIONES QUE HAYAN PRESTADO SERVICIOS RELEVANTES A LA CIUDAD O DADO MUESTRAS DE UNA CONDUCTA EXCEPCIONAL A FAVOR DE LA COMUNIDAD. EL ILUSTRE CANTONAL DE CUENCA CONSIDERANDO Que el numeral 2 del Art. 3 de la Constitución Política de la República del Ecuador, señala que es deber primordial del Estado “asegurar la vigencia de los derechos humanos, las libertadas fundamentales de mujeres y hombres y la seguridad social”; Que el numeral 11 del Art. 97 de la Constitución Política de la República del Ecuador, establece que son deberes y responsabilidades de los ciudadanos “practicar la justicia y solidaridad en el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de bienes y servicios”; Que el tres de noviembre es una fecha donde se conmemora una gesta histórica caracterizada por la hidalguía y la solidaridad libertaria; En uso de sus atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Régimen Municipal; EXPIDE La siguiente REFORMA A LA ORDENANZA QUE CREA LAS INSIGNIAS CON LAS QUE EL M. I. CONCEJO MUNICIPAL DE CUENCA RECONOCE A CONNOTADOS CIUDADANOS E INSTITUCIONES QUE HAYAN PRESTADO SERVICIOS RELEVANTES A LA CIUDAD O DADO MUESTRAS DE UNA CONDUCTA EXCEPCIONAL A FAVOR DE LA COMUNIDAD. Art. 1.- A continuación del Artículo 2 de la Ordenanza, agréguese un inciso que dirá: “CREASE LA PRESEA AL MERITO TURISTICO DEL CANTON CUENCA que se entregará en la sesión solemne de Cabildo el 3 de Noviembre de cada año”. Art. 2.- Agréguese un artículo luego del artículo 12 de la Ordenanza, que diga lo siguiente: “Art… La Presea AL MERITO TURISTICO DEL CANTON CUENCA se discernirá cada año a favor de la persona o entidad que haya sobresalido notoriamente en la actividad turística, realizando actos de emprendimiento que haya contribuido a propender el desarrollo turístico en todas sus facetas en el Cantón Cuenca. Para el discernimiento y condecoración, se estará al reglamento que se dicte para el efecto.” CERTIFICADO DE DISCUSION._ Certificamos que la presente Reforma a la Ordenanza fue conocida, discutida y aprobada por el Ilustre Concejo Cantonal, en Primer y Segundo Debates en sus sesiones extraordinaria del 18 y 30 de septiembre del 2008, respectivamente.- Cuenca, 2 de octubre del 2008. Dr. Paúl Granda López, VICEPRESIDENTE DEL ILUSTRE CONCEJO CANTONAL Dr. Alfredo Aguilar Arízaga, SECRETARIO DEL ILUSTRE CONCEJO CANTONAL ALCALDIA DE CUENCA.- Ejecútese y publíquese.- Cuenca, 3 de octubre del 2008. Ing. Marcelo Cabrera Palacios, ALCALDE DE CUENCA Proveyó y firmó el decreto que antecede el Ing. Marcelo Cabrera Palacios, Alcalde de Cuenca, a los tres días del mes de octubre de 2008. Dr. Alfredo Aguilar Arízaga, SECRETARIO DEL ILUSTRE CONCEJO CANTONAL